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Reforma al Sistema de Salud Privado

Revista LyD

El sistema de salud privado, que hoy cubre las necesidades de salud de cerca de un 20% de la población chilena, desde hace ya un tiempo ha estado sufriendo problemas de legitimidad social, las que se han manifestado en una creciente judicialización, principalmente contra las alzas de los precios de los planes de salud ofrecidos por las Isapres. El punto de inflexión se produjo el año 2010, cuando el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la Tabla de Factores de Riesgo, señalando que era discriminatoria contra los usuarios por edad y sexo. A raíz de ello, a finales del año 2011, durante el primer gobierno de Sebastián Piñera, el Ministro de Salud de la época, Jaime Mañalich, presentó un proyecto de ley para modificar el marco normativo que regula a las Isapres, cuyo objetivo principal era eliminar las elevadas diferencias de precios de los planes entre los distintos grupos de riesgo y la cautividad de las personas con enfermedades crónicas.

Dicho proyecto, encontrándose apunto de ser aprobado en segundo trámite constitucional en el Senado, terminó durmiendo en el Congreso luego que no se llegase a un acuerdo político respecto a la creación de un fondo de compensación de riesgos que incluyera a los usuarios de los sistemas de salud público y privado. Durante el gobierno de Michelle Bachelet no hubo ningún avance en reformar el sistema, mientras el nivel de judicialización subía a niveles inéditos.

Ya en el segundo gobierno de Sebastián Piñera, con Emilio Santelices como Ministro de Salud, se ingresó una indicación sustitutiva al proyecto de ley en curso, que pretendió modificar el sistema con similares objetivos. Esta indicación fue tachada de inconstitucional por el secretario de la Comisión de Salud del Senado, por haberse presentado en segundo trámite constitucional, impidiendo a la Cámara de Origen (la de Diputados) conocerlo. Si bien esta posición era discutible, como lo sostuvo la cartera en su momento, Jaime Mañalich, nuevo y actual Ministro de Salud prefirió retirar la indicación y resucitar su anterior proyecto, introduciendo por medio de indicaciones al texto algunos cambios específicos.

El principal eje de la reforma en actual tramitación es la creación de un plan de salud único igual para todos los afiliados de las distintas Isapres, denominado Plan de Salud Universal (PSU), que se pretende replicar en el Sistema Público de Salud. Cada afiliado podrá contratar, además, beneficios complementarios, cuyos precios, a fin de evitar nuevas judicializaciones, no podrán considerar el estado de salud individual del afiliado o de sus beneficiarios. Asimismo, se contempla la creación de un “IPC de la Salud”, de carácter referencial, que mostrará la variación de los costos de salud entre un año y otro a fin de ser utilizado por las Isapres para los ajustes de los precios del PSU. Este indicador será elaborado por el INE y se radicará en un panel de expertos la evaluación de los contenidos del PSU. Junto con lo anterior, se crea un fondo de compensación del PSU entre las Isapres, cuya finalidad es solidarizar los riesgos entre los beneficiarios de dichas instituciones en relación con las coberturas contenidas en el PSU.

Por su parte, con las nuevas indicaciones del ministro Mañalich, si bien el PSU seguirá teniendo un único precio en cada Isapre, se establecen diferenciaciones de pago según la edad de los afiliados. Así, las cargas y los cotizantes menores de 25 años tendrán un 50% de descuento; los cotizantes de entre 26 y 50 años, un 25%, mientras que los mayores deberán desembolsar el valor completo. Además, si bien se impulsa el principio de libre movilidad entre Isapres, se establecen restricciones respecto de quienes provengan de instituciones que no participen del fondo de compensación (como FONASA o Isapres cerradas), a los cuales sólo se les financiará el 25% de la cobertura del PSU respecto de sus preexistencias por 18 meses, a fin de evitar movimientos oportunistas. Junto con lo anterior, se establece una cobertura adicional para enfermedades catastróficas que operará tras completar el monto máximo anual que deberán soportar los beneficiarios del contrato del PSU por las prestaciones de salud cubiertas, equivalente al 40% de sus rentas imponibles anuales. Finalmente, se aumentan las atribuciones de fiscalización de la Superintendencia y se establecen mayores exigencias de capital y de garantías a las Isapres para funcionar.

El objetivo propuesto a nivel ministerial es poder sacar esta reforma antes que se vuelva a producir un alza de precios de los planes de Isapres, esto es, a finales de marzo del año 2020, lo cual presenta la complicación de lograr acuerdos con la Oposición, la cual ya ha presentado 18 puntos mínimos para poder aprobar el mencionado proyecto, entre los cuales se encuentra la misma piedra de tope que trabó la discusión años atrás. Ahora bien y no obstante la premura que requiere esta reforma es relevante que al momento de negociar no se pierdan de vista los principios que la inspiran, especialmente, la sostenibilidad del sistema que asegure su continuidad.

Columna de Trinidad Schleyer, abogada del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo, publicada en Revista LyD.-

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