La intensa agenda polĆtica de estos dĆas ha hecho pasar prĆ”cticamente inadvertido un proyecto de ley, liderado por el Ministerio de EconomĆa y presentado recientemente al Congreso Nacional, sobre simplificación legislativa. La iniciativa no solo viene a derogar cien cuerpos legales obsoletos, sino que ademĆ”s crea un plan de revisión y derogación legislativa, elaborado por el Presidente de la RepĆŗblica con la participación de otros poderes del Estado y de la sociedad civil, a travĆ©s del cual se propone la revisión periódica del entramado legislativo nacional para evitar que Ć©ste se sature de leyes obsoletas que nadie conoce, y menos entiende, pero que siguen vigentes, y advertir las dificultades en la aplicación de las leyes. Se crea asĆ una verdadera auditorĆa al stock legal que nos rige, muy bienvenida, que permitirĆ” a Chile comenzar a ponerse a tono con lo que, hace ya algunos aƱos, estĆ”n haciendo otras jurisdicciones en esta materia.
La proliferación de normas es una particularidad de los sistemas normativos occidentales, de la que Chile no es ajeno. En efecto, nos rigen un sin fin de cuerpos legales, muchos de ellos en desuso, en otros casos contradictorios entre sĆ, de difĆcil interpretación, conciliación y comprensión, y en que la dispersión y, en ocasiones, el tratamiento disĆmil de situaciones similares resulta en una falta de coherencia abrumadora. A ello se suma la cantidad de leyes o disposiciones que estĆ”n formalmente vigentes, pero que han sido derogadas de forma tĆ”cita por la aprobación de normas posteriores. Toda esta situación dificulta el conocimiento de las leyes verdaderamente vigentes y pone en entredicho la consistencia del marco jurĆdico. Y la verdad es que, por sĆ sola, la situación no iba a mejorar. En Chile legislar, y hacerlo bĆ”sicamente de cualquier forma, es gratis pues los actores son mĆŗltiples, las responsabilidades se diluyen y se atribuyen, ademĆ”s, cruzadamente, entre el Ejecutivo y el Legislativo de manera que, salvo algunas excepciones en que a alguien le cueste el cargo, los involucrados suelen no pagar los costos asociados de aprobar una legislación defectuosa. A su vez, la tendencia a evaluar a los gobiernos o al congreso por el nĆŗmero de iniciativas que se aprueban en un determinado mandato se ha convertido en un incentivo perverso que no ayuda a la simplificación regulatoria. El nĆŗmero creciente de leyes y una tĆ©cnica legislativa que dista de ser ideal, hacen que la calidad de vida de los ciudadanos, de los emprendedores e inversionistas, pero tambiĆ©n del regulador y fiscalizador, sea poco óptima en tĆ©rminos normativos, generando complejidades importantes a la hora de supervisar el cumplimiento de las leyes; lentitud en el funcionamiento del Estado; incerteza jurĆdica; desconfianza en las instituciones y, por ende, desincentivos potentes para la realización de actividades de la mĆ”s diversa Ćndole. El excesivo entramado legal y regulatorio, a ratos desconcertante para cualquiera, pareciera reflejar una forma de gobernar que no se centra en el bienestar de los ciudadanos a quienes, mĆ”s bien, se les endosa la carga de lidiar con la inflación normativa.
HabrĆ” quienes miren este fenómeno de simplificación con cierto escepticismo. Para algunos, mayor regulación equivale a un Estado mĆ”s fuerte y una ciudadanĆa mĆ”s protegida. Pero al final del dĆa es al revĆ©s. Desde la perspectiva del ciudadano como del supervisor, menos, es mĆ”s. La clarificación y simplificación del conjunto normativo para reducir el volumen regulatorio y su dispersión, y la eliminación expresa de normas en desuso contribuirĆ” a un marco jurĆdico mĆ”s coherente, comprensible, asequible y predictible lo que facilitarĆ” su cumplimiento y fiscalización, aumentando la seguridad jurĆdica, esencial para el desarrollo. AdemĆ”s, constituye un pre requisito para poder dar curso a otras polĆticas en trĆ”mite que se orientan a optimizar la calidad de la regulación y a evaluar la legislación vigente. Asimismo, permitirĆ” reducir el desgaste y los costos de transacción que enfrentan tanto el regulador como el regulado, permitiendo al Ćŗltimo concentrarse mayormente en la actividad que realiza, lo que debiese tener un efecto positivo en la productividad. En consecuencia, la polĆtica regulatoria no corre por carril separado hacia la meta de lograr un paĆs desarrollado, sino que es una parte esencial de las polĆticas pro crecimiento. Por ello, cabe celebrar que el Ejecutivo se estĆ© tomando tan en serio la tarea de hacer de nuestro marco legal vigente uno mĆ”s racional y lo eleve a un objetivo de primer orden.
Columna de Natalia GonzĆ”lez, Subdirectora de Asuntos JurĆdicos y Legislativos de LyD, publicada en El Mercurio.-