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Expertos ONU protegen al terrorismo

El Libero

Es extraordinariamente grave lo que acaba de ocurrir la semana pasada, cuando un grupo de expertos de la ONU en materia de derechos humanos manifestó su apoyo a los imputados en Chile por actos terroristas e instado al gobierno a no usar la ley antiterrorista contra indígenas mapuche. Los expertos han dicho: “Instamos a que Chile se abstenga de usar la ley antiterrorista para lidiar con hechos ocurridos en el contexto de protestas sociales de los mapuches (sic) que buscan reclamar por sus derechos.”

Vale decir, los comisionados de Naciones Unidas califican acciones terroristas —como el incendio intencional de un templo evangélico donde se oficiaba un oficio religioso con presencia de niños incluso, crimen por el que se acusa a los cuatro imputados que mantenían una huelga de hambre hasta la semana pasada— como “hechos ocurridos en el contexto de protestas sociales de los mapuche, que buscan reclamar por sus derechos”.

En otras palabras, si quienes protestan son mapuche, no importan los medios que utilicen, pudiendo llegar a emplear métodos criminales, porque buscarían reclamar por sus derechos.

Ya es absolutamente discutible que los grupos que así protestan representen al pueblo mapuche y es inaceptable para nuestro Estado de derecho que se arroguen la representación de esos supuestos derechos. Pero lo que resulta increíble es que estos comisionados avalen cualquier forma de protesta, incluyendo crímenes, por el solo hecho de que quienes reclaman sean indígenas mapuche. Lo que hacen es simplemente apología del terrorismo.

El gobierno de Chile debiera reclamar ante Naciones Unidas por el comportamiento de estos comisionados, que con sus declaraciones de tipo político desconocen su mandato, que no podría ponerse por sobre el Estado de derecho en un país ni menos justificar crímenes.

Como se demuestra en el documento publicado por Libertad y Desarrollo denominado “Conflicto en La Araucanía: Autoridad Doblegada”, en ningún caso el Ministerio Público de nuestro país ni las policías, ni los tribunales han violado el debido proceso. Los comuneros fueron detenidos siguiendo un procedimiento ajustado a derecho, respecto de las garantías de los imputados propias de una investigación racional y justa. En cuanto a la medidas cautelares decretadas, éstas fueron ponderadas y resueltas por un Juez de Garantía una vez formalizada la investigación y sobre la base de antecedentes aportados por el Ministerio Público que, pese a no significar un antejuicio en materia de responsabilidad penal, sí fueron considerados determinantes para estimar que la prisión preventiva era una medida procedente, atendida la gravedad de los delitos, para asegurar de este modo el éxito de la investigación y la debida protección a víctimas y testigos, estimándose que dichas personas constituían un peligro para la sociedad.

Además, en cuanto a la duración y mantención de las medidas cautelares, es preciso señalar que la prisión preventiva ha tenido lugar dentro de los plazos legales de investigación, que para delitos comunes y terroristas tienen un plazo máximo de dos años, por lo que dicha detención no podría ser estimada como ilegal o improcedente. Asimismo, durante este período de tiempo la prisión preventiva ha sido revisada tanto por el Juzgado de Garantía como vía apelación por la Corte de Apelaciones, por lo que mal podría decirse que no existe un convencimiento generalizado de que los antecedentes tenidos a la vista para la mantención de la medida hacen que la prisión preventiva sea justificada.

Se añade a lo anterior el hecho de que la huelga de hambre de los comuneros tuvo lugar no en la etapa estrictamente investigativa, sino que en la víspera de la audiencia de preparación de juicio oral, donde ya se había cerrado la investigación por medio de una acusación por parte del Ministerio Público. Vale decir, el ente público persecutor, representante del Estado, en virtud de los antecedentes obtenidos con la investigación, se formó el convencimiento de que a estas personas les pesa responsabilidad penal en los hechos investigados.

Finalmente, y como una nueva manifestación de respeto al derecho fundamental al debido proceso, el juzgamiento de estos hechos, la ponderación de la prueba y la calificación del delito como terrorista no serán realizados por la Fiscalía, ni el Ministerio del Interior, ni el Juez de Garantía, sino que por un ente jurisdiccional colegiado que es el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, quien tendrá, en definitiva, la última palabra en materia de sentencia.

Un gobierno que defiende la soberanía nacional debió haber reclamado ante Naciones Unidas por la desatinada actuación de estos comisionados que pretenden subvertir nuestro Estado de derecho. En lugar de ello, hoy día el Ejecutivo presiona al Ministerio Público y a los Tribunales para que cambien las medidas cautelares de los imputados, y pide la recalificación de los delitos eliminando su carácter terrorista, en circunstancias que días antes Luis Correa, Jefe Jurídico de la Subsecretaría del Interior y Subsecretario del Interior (s) señaló: “No existe ninguna posibilidad procesal de retirar la querella. En este caso se cumplen todos los presupuestos materiales. Este es un caso de libro de delito terrorista”.

La Presidenta de la República ha decidido cambiar la política de su gobierno en este caso y ha dejado pasar una desatinada declaración de Comisionados de las Naciones Unidas que pasa por encima del Estado de derecho en Chile. En lugar de defender nuestra soberanía, parece hoy estar siguiendo los dictados de la ONU.

 

Columna de Luis Larraín, Director Ejecutivo de Libertad y Desarrollo, publicada en El Líbero.-

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