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ALERTAS SOBRE INICIATIVAS DE NORMAS EN COMISIONES DE LA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL

Durante los últimos días, las diferentes comisiones temáticas de la Convención Constitucional (CC), se encuentran deliberando y votando iniciativas de normas constitucionales. A continuación, alertamos sobre la aprobación en general, dentro de las respectivas comisiones, de algunas iniciativas de norma preocupantes, así como también respecto al rechazo de iniciativas que promueven los principios y valores de una sociedad libre.

A) En la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico, se han aprobado en general, entre otras normas preocupantes, las siguientes:

  • “Derecho de los pueblos y naciones preexistentes a la tierra, territorio, recursos y bienes naturales.” – Boletín N°74-4.
    La iniciativa contempla un artículo transitorio que establece expresamente “Decrétese la nulidad de pleno derecho de todos aquellos permisos, autorizaciones o concesiones de exploración y explotación mineras, áridos, aguas, forestales, mega proyectos de generación eléctrica y cualesquiera otros del mismo tipo que recayeren sobre bienes naturales ubicados en territorios indígenas, cuando estos permisos, autorizaciones o concesiones hayan sido otorgados o implementadas sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades indígenas del territorio o la debida consulta, por tratarse de actos vulneratorios de los derechos a la integridad de las tierras y territorios indígenas, de los derechos culturales y de supervivencia, y de la libre determinación y autonomía de los Pueblos y Naciones Preexistentes al Estado”. Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/01/74-4-Iniciativa-Convencional-Constituyente-de-la-cc-Natividad-Llanquileo-y-otros.pdf
  • “Garantiza y protege a la atmósfera como bien común”- Boletín N°10-5. La iniciativa aprobada propone que “el Estado reconoce a la atmósfera, dentro del espacio aéreo fijado por acuerdos internacionales sobre la materia, como un bien natural común, el cual comprende desde el aire que respiran sus habitantes hasta el cielo a través del cual ven el espacio. La protección y restauración de sus características naturales son objetivos de interés público y las tareas necesarias para su logro son deberes del Estado. Todas las personas y comunidades tienen derecho al disfrute de una atmósfera libre de cualquier tipo de contaminación, existente en cualquier parte del territorio nacional, que permita respirar aire puro y observar cielos oscuros. Toda persona, de forma individual o colectiva, tiene la obligación de que sus actos individuales o colectivos no contribuyan a establecer fuentes permanentes de contaminación atmosférica”. Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2021/12/10-5-Iniciativa-Convencional-Constituyente-de-la-cc-Cristina-Dorador-y-otros-REVISAR-MESA.pdf.
  • “Principios fundamentales.” – Boletín N°71-2 (Derechos de la Naturaleza). La iniciativa de norma aprobada en general propone que “la naturaleza tiene derechos. Toda actividad económica y social se desarrollará en armonía con el medio ambiente de forma tal de asegurar su protección, sustentabilidad intergeneracional, equilibrio ecosistémico y prosperidad común”.  Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/01/71-2-Iniciativa-Convencional-Constitutente-de-Maria-Jose-Oyarzun-y-otros.pdf

 

Mientras tanto, la misma comisión rechazó las siguientes iniciativas de norma presentadas por convencionales constituyentes de Vamos por Chile:

  • “Consagra el derecho a la libre iniciativa económica y empresarial, y promueve la libre competencia.” – Boletín N°207-5.  Esta iniciativa, que fue rechazada, propone que “La República de Chile reconoce y garantiza la Libertad Económica y la Libre Competencia. El Estado deberá regular materias económicas, con la finalidad última de promover un crecimiento equitativo y sustentable”.  Entre otras cosas, la iniciativa rechazada pretendía garantizar la libertad económica, la libre competencia a través de una Economía Social de Mercado y el principio de subsidariedad, protegiendo la propiedad privada y sancionando conductas contra el libre mercado. Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/01/207-5-c-Iniciativa-Convencional-del-cc-Jurgensen-sobre-Libre-Competencia-1855-hrs.pdf.
  • “Establece el estatuto constitucional de la minería.” –Boletín 178-5. La iniciativa rechazada por la comisión propone el dominio estatal sobre las minas, no obstante la propiedad de las personas naturales o jurídicas sobre los terrenos en que se encuentran situadas. Asimismo, plantea que el Estado podrá otorgar a las personas naturales y jurídicas las concesiones mineras necesarias para explorar y explotar las sustancias minerales de su dominio; que las concesiones se constituirán y extinguirán siempre por resolución judicial; que una ley aprobada por cuatro séptimos de diputados y senadores en ejercicio determinará las sustancias concesibles, duración de las concesiones y causales de extinción; un régimen de amparo por patente; derecho de propiedad del titular sobre su concesión minera, entre otras cosas. Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/01/178-5-c-Iniciativa-Convencional-del-cc-Rodrigo-A%CC%81lvarez-sobre-Mineri%CC%81a-1044-hrs.pdf

Al respecto, resulta preocupante el rumbo que está tomando esta comisión en materia económica y protección de recursos naturales y medio ambiente, pues no se vislumbra un enfoque de desarrollo sostenible, sino que de excesivo proteccionismo que puede repercutir negativamente en el desarrollo económico y social del país. Es de esperar que estas normas aprobadas en general por la comisión sean enmendadas durante la discusión en particular, o posteriormente, por el Pleno de la CC, así como también se revierta el rechazo de aquellas normas que han resultado ser esenciales para el progreso del país.

B) En la Comisión sobre Sistema de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional, se aprobaron en general varias normas. Entre ellas, alertamos sobre las siguientes:

  • “Sistema Nacional de Justicia”- Boletín N°319-6 (Límite a la duración del cargo de los jueces). Esta iniciativa regula la estructura orgánica del Sistema Nacional de Justicia, lo que agrupa a todos los tribunales de justicia del país. En su articulado, preocupa la aprobación de una norma que limita la duración de los cargos de jueces (8 años con posibilidad de reelección) y ministros de la Corte Suprema (10 años, sin posibilidad de reelección).  Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/01/319-6-Iniciativa-Convencional-del-cc-Mauricio-Daza-sobre-el-Sistema-Nacional-de-Justicia17-09-hrs.pdf.
  • “Justicia Intercultural”- Boletín N°190-6. Lo central de la iniciativa convencional sobre justicia intercultural, que también fue aprobada en general por la Comisión de Principios Constitucionales, es el pluralismo jurídico, en virtud del cual se establece la igual jerarquía entre las costumbres y derecho propio indígena y la legislación nacional, teniendo los actos y resoluciones de las autoridades indígenas el mismo valor, pudiendo incluso requerir el auxilio de la fuerza pública para cumplir sus órdenes. Para lograr ello, la iniciativa delega en el legislador la dictación de una ley de coordinación entre las justicias indígenas y la justicia común. A su vez, establece la obligación del Estado de respetar, garantizar y promover los sistemas jurídicos indígenas. Sobre este punto, la iniciativa propone que en cada región donde existan territorios indígenas y se ejerza la jurisdicción indígena, se creará un tribunal plurinacional, colegiado y paritario, asistido por una consejería técnica con pertinencia cultural, que conocerá de los conflictos de competencia entre las jurisdicciones indígenas y la jurisdicción común. Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/01/190-6-c-Iniciativa-Convencional-Constituyente-de-la-cc-Natividad-LLanquileo-sobre-Pluralismo-Juri%CC%81dico-1240-hrs.pdf

 

C) En la Comisión sobre Forma de Estado, alertamos sobre las siguientes:

  •  “Regionalización” -Boletín N°43-3 (Estado Regional). La iniciativa propone queChile es un Estado Regional conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado. El Estado promoverá la cooperación, desarrollo armónico, adecuado y justo entre las diversas entidades territoriales, atendiendo especialmente a aquellas ubicadas en territorios insulares y zonas extremas.”  Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2021/12/43-3-Iniciativa-Convencional-Constituyente-de-la-cc-Tammy-Pustilnick-y-otros.pdf
  • “Estatuto Regional”- Boletín N°120-3 (Estatuto y Legislación Regional). La iniciativa aprobada establece los "principios fundamentales que rigen la organización y funcionamiento de los órganos regionales, además de las normas sobre gobiernos, administración y elaboración de la legislación regional". Estos estatutos, a diferencia de como ocurre en España (país del cual proviene la idea), en donde son discutidos con el nivel central, serían propuestos, discutidos y aprobados por la Asamblea Legislativa Regional, para luego ser sometidos a un "referéndum regional".  Asimismo, dicha iniciativa propone un listado de atribuciones exclusivas de la Asamblea Legislativa Regional, entre las que encontramos: fijar impuestos, cargas y tributos regionales; crear modificar y extinguir tributos, tasas y contribuciones; aprobar la creación de empresas públicas regionales; autorizar la contratación de préstamos o empréstitos, entre otras. Lo anterior revela una alta autonomía en materia de creación de impuestos regionales, así como la posibilidad de endeudamiento subnacional; lo que desde ya levanta inquietudes desde la perspectiva de la responsabilidad y estabilidad fiscal, así como también de la eventual disparidad de normas tributarias entre regiones, complejizando su cumplimiento e implementación.  Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/01/120-3-c-Iniciativa-de-la-cc-Tammy-Pustilnick-atribuciones-exclusivas-de-la-Asamblea-Regional.pdf

 

D) En la Comisión sobre Sistema Político, Gobierno, Poder Legislativo y Sistema Electoral, se aprobó en general:

  • “Reconocimiento de los pueblos indígenas” - Boletín N°94-1. (Estado plurinacional). La iniciativa aprobada establece que “Los pueblos y naciones indígenas preexistentes y sus miembros, en virtud de su libre determinación, tienen derecho al pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales. En especial, tienen derecho a la autonomía y al autogobierne, a su propia cultura, a la identidad y cosmovisión, al patrimonio y la lengua; al reconocimiento de sus tierras, territorios, maritorios, de la naturaleza en su dimensión material e inmaterial y al especial vínculo que mantienen con estos; al reconocimiento de sus instituciones y jurisdicciones propias y a participar plenamente, si así lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado. Es deber del Estado Plurinacional, respetar, garantizar y promover con participación de los pueblos y naciones indígenas, el ejercicio de la libre determinación y de los derechos colectivos e individuales de que son titulares. (…)”. Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/01/94-1-Iniciativa-de-la-cc-Rosa-Catrileo-Establece-el-reconocimiento-de-los-Pueblos-Indigenas-2.pdf
  • “Crea el Congreso Plurinacional” – Boletín N°213-1 (Congreso Unicameral). La iniciativa aprobada propone que “El Congreso Plurinacional es el órgano deliberativo, paritario y plurinacional que representa a los pueblos reunidos y naciones reconocidas por esta Constitución y las leyes. El Congreso es de carácter unicameral y ejerce la potestad legislativa y las otras facultades encomendadas por la Constitución y las leyes”. Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/01/213-1-c-Iniciativa-Convencional-del-cc-Jaime-Bassa-sobre-Congreso-plurinacional-2058-hrs.pdf. Al respecto, preocupa el establecimiento de un Congreso Unicameral, pues entre otras razones, con la eliminación de la Cámara Revisora, se pone en jaque el sistema de pesos y contrapesos entre ambas Cámaras, además de implicar un posible deterioro de la calidad legislativa.
  • “Establece escaños reservados para representantes indígenas en el Parlamento Plurinacional Unicameral”- Boletín 217-1. La iniciativa de norma aprobada en general establece que “En las elecciones al Parlamento Plurinacional, el legislador fijará un número de escaños reservados para representantes indígenas que sea proporcional a la relación entre la población indígena y la población total del país. En virtud del principio de plurinacionalidad, se deberá asegurar al menos la representación de todos y cada uno de los pueblos indígenas reconocidos en esta Constitución. Los escaños indígenas se elegirán dentro de un distrito único para todo el país, de acuerdo a lo que establezca la ley.” Ver iniciativa en https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/01/217-1-c-Iniciativa-Convencional-de-la-cc-Rosa-Catrileo-sobre-Escanos-Reservados-Parlamento-Unicameral-2144-hrs.pdf

 

*Se hace presente que las normas detalladas en esta nota han sido aprobadas y/o rechazadas por las respectivas comisiones en general, de tal forma que ellas podrían enmendarse a través de indicaciones en la discusión en particular, sin perjuicio, además, de lo que determine también el Pleno de la Convención Constitucional en su oportunidad.

 

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