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LA TRANQUILIDAD DE DON MARIO

El Mercurio

El ministro Marcel señaló “los temas de la Constitución económica están casi todos despejados”; “el derecho de propiedad está quedando claramente establecido”. También el Banco Central, “cuya autonomía constitucional ya fue declarada”. El Poder Ejecutivo, dijo, mantiene “autoridad sobre el presupuesto, con una regulación casi idéntica a la actual, y las leyes que afectan los impuestos y los gastos son todas de concurrencia presidencial necesaria”. “Todas estas cosas, respecto de las que había temores, se han ido resolviendo. De lo que se conoce como Constitución económica, según entienden los especialistas, no se encuentran en el texto ya aprobado normas que pongan en riesgo proyectos o inversiones”.

Sorprenden sus declaraciones. Primero porque el texto pone en severo entredicho la certeza jurídica para realizar actividades relacionadas con recursos naturales que, en Chile, sostienen nuestra economía. Sin certeza no se atraen o mantienen inversiones que generan desarrollo humano. Por ejemplo, el título administrativo para usar o aprovechar las aguas, no generará derechos de propiedad, y será, además, incomerciable. Está fuera del comercio humano en términos absolutos. No se trata de una prohibición temporal de enajenar, sino que no cabrá sobre él ningún acto jurídico de derecho privado. El campo vale así, cero.

Don Mario está satisfecho porque el Banco Central será autónomo constitucional. Pero la declaración no basta: es clave cómo se nombran y remueven los consejeros. Serán más consejeros (7), pero no sabemos con qué frecuencia se renuevan y si lo serán de a pares o tríos, lo que generará nuevas dinámicas. Y si salimos un poco de las ramas y vamos el bosque, veremos que el Presidente de la República puede ser reelecto y en esos 8 años nombrar, con acuerdo de mayoría simple del Legislativo, a una mayoría de los consejeros. Sobre la remoción, se señala “novedosamente” que es objeto del Banco contribuir al bienestar de la población. Luego emula la ley actual del Banco y establece un mecanismo para hacer valer la responsabilidad de los consejeros, ante la Corte Suprema, siendo una de las causales para removerlos que “haya concurrido con su voto a decisiones que afectan gravemente la consecución del objeto del Banco”. Solo que ahora el objeto del Banco incluirá el velar por el bienestar de la población. Los parlamentarios, titulares, entre otros, de la acción acusatoria, podrían estimar, en el octavo retiro de fondos de pensiones, que el Banco no veló por el bienestar de la población al manifestar sus reparos y al subir las tasas de interés ex post.

Está tranquilo con el derecho de propiedad. Pero la indemnización ya no será igual al daño patrimonial efectivo, sino al justo precio. Dicen que es lo mismo, pero si cambió no es para que todo siga igual. La ley lo determinará con el solo límite de lo justo; vaya límite. Esa ley será dictada por el Congreso de Diputados, que decide estos temas por mayoría simple, y no pasan por la Cámara de las Regiones (el derecho de propiedad no es ley de acuerdo regional). Y si ésta igual lo quiere revisar, tendrá solo 60 días y, si al Congreso de Diputados no le parecen las sugerencias, le basta no acoger sus propuestas por mayoría. Luego, el articulo siguiente mandata al Estado a otorgar reparaciones a los pueblos indígenas, preferentemente, con la restitución de tierras mediante expropiación. El Estado tiene recursos escasos y debe legislar. Los incentivos indican que el justo precio será aquel que le quite el menor pedazo posible de la torta al Estado, sobre exigida, además, con múltiples derechos sociales. Más aun, si el Congreso que debe resolver el justo precio, estará integrado, como la Convención, por escaños reservados indígenas, que están interesados en la pronta restitución. Para qué decir que se no incorpora el pago al contado y en efectivo.

Por último, y aunque el Ministro no se haya referido a ello, que nuestro sistema político deje fuera a la Cámara de las Regiones de la revisión de leyes sobre el mercado de valores, financiero, laboral y de seguridad social, y que el salario mínimo y la seguridad social -que no tenga gasto público directo- hayan salido de la órbita de la iniciativa exclusiva del Presidente (no son siquiera de concurrencia necesaria), presenta un problema de economía política que ya hemos vivido en Chile y que llevó a reformar la institucionalidad para enrielarla, pero ahora vuelve a retroceder.

Es curioso que quien tiene pergaminos, trayectoria y oficio de sobra espere que todo se comporte más o menos igual si todo cambia. Salvo que sus declaraciones no las haga desde la trayectoria sino desde el proyecto político en el que decidió insertarse.

 

Columna de la Directora del Área Constitucional de LyD, Natalia González, en El Mercurio.-

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