Amenaza constitucional en educación

La Tercera

Finalmente, la Convención terminó de votar los artículos relativos a educación y hay al menos dos materias que generan preocupación. Primero, la amenaza que se impone a la continuidad y desarrollo de proyectos educativos distintos al modelo único que se describe en el texto aprobado. Por un lado, debido al rechazo explícito a la libertad para crear y gestionar establecimientos, pero en especial porque se introduce el deber de que la educación se oriente por una serie de principios y fines que, dada su extensión y detalle, podrían ser incompatibles o limitar las visiones alternativas. Si a ello sumamos que se constitucionaliza la inamovilidad para todos los docentes y la libertad de cÔtedra sin circunscribirla al proyecto educativo, es posible anticipar que los espacios de gestión autónoma se reducirÔn al mínimo.

Segundo, preocupa la gran incertidumbre en la que se deja a la mayoría de las familias chilenas que hoy ejercen su derecho a la educación en un colegio o institución de educación superior no estatal, debido a que no se les asegura la continuidad del financiamiento público que hoy reciben. Ello ocurre pues, a diferencia de la Constitución vigente, que obliga al Estado a financiar un sistema educativo en sus diferentes niveles sin explicitar quién debe proveerlo, el texto propuesto por la Convención reduce el Ômbito de dicho deber solamente a la educación estatal. Así, crea una vía a través de la cual se deberÔ -dado que los recursos públicos son limitados- otorgar un trato inequitativo a estudiantes con iguales necesidades, favoreciendo a quienes asisten a un establecimiento estatal, por sobre quienes prefieren legítimamente uno administrado por un particular.

Con todo, es incierto lo que ocurrirÔ con los 2 millones de familias que hoy acceden a establecimientos escolares privados en virtud de la subvención que reciben. O qué pasarÔ con el 92% de los niños y jóvenes con discapacidad o condición permanente que hoy asisten a un colegio particular subvencionado. En ausencia de un mandato explícito, ¿seguirÔn todos ellos obteniendo el apoyo financiero del Estado para elegir su educación?

Del mismo modo, frente a la obligación constitucional de priorizar a las instituciones del Estado, serÔ el gobierno de turno el que deba evaluar si seguir o no destinando recursos fiscales para costear las ayudas estudiantiles que hoy permiten que mÔs de 700 mil estudiantes puedan financiar su educación superior en una universidad, centro de formación técnica o instituto profesional privado.

En suma, aun cuando en paralelo se enuncie la libertad de enseñanza, lo cierto es que, sin autonomía educativa ni financiamiento suficiente, en la prÔctica esta podría quedar como letra muerta, eliminÔndose la posibilidad real de que se desarrollen y prosperen alternativas educativas diferentes al modelo estatal y que estas estén disponibles para familias de diversa condición socioeconómica.

 

Columna de MarĆ­a Paz Arzola, Coordinadora del Programa Social, publicada en La Tercera.-

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