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Portabilidad financiera: Más competencia, menos burocracia y alivio para el endeudamiento

El Líbero

Desde hace varios años en nuestro país es posible portar el número de celular entre compañías que proveen dichos servicios. ¿Qué hemos ganado los consumidores con ello? Muy simple: competencia. Esto ha generado que hoy en día contemos con mucha oferta de planes de celulares, disminuyendo los valores por este servicio, así como las prestaciones ofrecidas por las empresas que compiten en un contexto de mercado. Para dimensionar lo anterior, en nuestro país es posible conseguir planes de telefonía celular sustancialmente más económicos que lo que pagaríamos por un servicio de menor calidad en Reino Unido, por ejemplo.

La portabilidad ha llegado para quedarse. En este sentido, la novedad al respecto indica que hoy, además de portarse entre compañías de telefonía celular, es posible presentar una “solicitud de portabilidad financiera”, lo se traduce que cualquier persona o pyme que esté interesada en cambiarse de institución financiera o refinanciar sus créditos, podrá solicitar de manera online un certificado de liquidación, que contendrá la individualización de todos sus productos, junto con la tasa, los gastos y el valor que debe desembolsar para prepagar cada una de sus obligaciones financieras. Una vez ocurrido lo anterior, las entidades podrán evaluar los antecedentes sobre la mesa y presentar una oferta de portabilidad financiera.

Dicha portabilidad, al igual que en el servicio de telefonía celular, fomenta una mayor competencia entre instituciones, promoviendo el mercado de productos y servicios financieros. Con ello será posible observar una disminución en los costos financieros asociados a diversas operaciones financieras. Con todo, debería observarse una baja en las tasas de interés en las nuevas solicitudes crediticias así como en las solicitudes de refinanciamiento. Según datos de la Comisión para el Mercado Financiero, las medidas anteriores beneficiarán eventualmente a un universo de 13 millones chilenos, pudiendo portar productos como: créditos hipotecarios de consumo y automotrices, cuentas corrientes, vista, tarjetas de créditos, entre otros.

Adicionalmente, esta ley, que comenzará a regir el 8 de septiembre de este año, implica una sustancial disminución de trámites y tiempos necesarios para cambiarse de proveedor, así como para aquellos usuarios que soliciten estos productos por primera vez. Con ello se beneficiaría un 97% de la población adulta, así como a un 97,1% de las pequeñas empresas y al 93,9% de las microempresas. Por su parte, la reducción en términos de costos se explica, además, porque en el refinanciamiento de créditos hipotecarios no se necesitará la constitución de una nueva hipoteca, sino que se deberá realizar solo una anotación al margen de la ya existente.

De esta manera, la iniciativa que facilita el refinanciamiento crediticio será un alivio para el presupuesto de las familias endeudadas, que, conforme a los tenores de los tiempos actuales de la pandemia, cada día son más.

 

Columna de Felipe Berger, Economista de Libertad y Desarrollo, publicada en El Líbero.- 

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