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Publicidad en TV al proceso constituyente

Francisco Lopez LyDA raíz de la decisión del Gobierno de calificar de interés público la campaña constitucional, con el objeto de obligar a los canales de televisión a transmitir gratuitamente la publicidad que el Ejecutivo determine sobre el proceso constituyente, es importante destacar que es la propia ley del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) la que establece que es lo que se entiende como tal, señalando que son de interés público las campañas que busquen proteger a la población y difundir el respeto y promoción de los derechos de las personas.

La redacción de la actual norma fue bastante discutida, justamente por el resquemor que existía de que fuese utilizada para fines políticos, tal como ocurrió en otros países sudamericanos; sin embargo se aseguró que el sentido de la cuestionable disposición era promover materias tales como campañas sanitarias, información en época de catástrofes y en general aquellas que tal como dice la ley, busquen proteger a la población. Pareciera que la campaña constitucional que promueve el gobierno excede el alcance de la norma ya que según informó el Presidente del CNTV, el objeto de ésta es motivar la participación ciudadana en el proceso constituyente e informar sobre los diálogos ciudadanos, lo cual no coincide con el propósito de proteger a la población o difundir la promoción de sus derechos.

Carta de Francisco López D., Coordinador del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo, publicada hoy en El Mercurio.-

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