
¿Puede un comité mandatado legalmente alterar sus definiciones sobre la base de eventuales aprobaciones legislativas? Si en ese mismo proyecto se propone un alza en las remuneraciones de sus integrantes y habiéndose cumplido un nuevo trimestre del año, ¿cuál será su recomendación tomando en cuenta que el mensaje sigue en primer trámite en el Congreso, que el gobierno se mantiene cerrado a cambios de fondo, que el sistema sigue aumentando su déficit y que el Transantiago ha alcanzado niveles históricos de desaprobación (82%)?
Necesitamos claridad: ¿persistirá el comité en supeditar sus recomendaciones a una mera expectativa dependiente de un órgano sobre el cual no tiene ninguna injerencia o bien se pronunciará en conformidad a lo que la ley le mandata?
Cristina Torres, Abogada Libertad y Desarrollo
Carta al Director de La Tercera.-