A LEY PROYECTO QUE MODERNIZA LA OFERTA DE EDUCACIÓN PARVULARIA

Hace unas semanas informamos, por este mismo medio, que una Comisión Mixta integrada por igual número de diputados y senadores, debía resolver las divergencias surgidas entre ambas cámaras en torno al proyecto de ley que busca mejorar la oferta en educación parvularia (boletín 16.811-04), particularmente respecto a los requisitos que deben cumplir los establecimientos educativos que desarrollan programas alternativos para recibir el reconocimiento oficial del Estado. 

Y esta semana tanto la Cámara de Diputados como el Senado aprobaron la propuesta de la Comisión Mixta, por lo que el proyecto quedó listo para ser promulgado como ley por el Presidente de la República.

¿Cuál fue la propuesta de la Comisión Mixta?

Como se dijo, el problema radicaba en los requisitos exigibles a los programas alternativos de educación parvularia para que obtengan el reconocimiento oficial del Estado. La principal crítica dice relación con el requisito de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) sea la sostenedora del establecimiento, dejando fuera a todos aquellos que tienen otros sostenedores, como Fundación Integra o particulares. Esto generaría diferencias arbitrarias e injustificadas, limitando a su vez la creación de futuros jardines alternativos, monopolizando la prestación de este bien público a un organismo estatal, en desmedro de otro tipo de oferta sin fundamento.

Ante este punto, el Ministro de Educación explicó en la Comisión Mixta, que el requisito en cuestión venía a regularizar exclusivamente una situación pendiente con la JUNJI, el único sostenedor estatal que no contaba con la habilitación legal permanente para el desarrollo de programas alternativos, los cuales hasta ahora operaban solo con autorizaciones anuales vía Ley de Presupuestos. Con esta aclaración los integrantes de la Comisión, dieron por despejada la preocupación.

Sin embargo, persiste la duda para la creación de nuevos jardines de este tipo por parte de sostenedores distintos a la JUNJI, pues al fin y al cabo es un requisito que ésta sea sostenedora para obtener el reconocimiento oficial.

A modo de contexto, no existe una definición de jardines alternativos, pero sí de sus objetivos, fortalecer el acceso a una educación de calidad a niños en zonas de difícil acceso, alta dispersión geográfica, territorios que se hayan enfrentado a desastres, incrementos significativos e inesperados de la demanda u otras condiciones similares. Se considera que pueden tener componentes curriculares flexibles y diversificados de acuerdo al contexto de las necesidades educativas de la población que atienden.

Adicionalmente, se propusieron ajustes menores al texto, como precisar las remisiones a la Ley General de Educación para que los proyectos educativos resguarden los derechos humanos garantizados por los tratados internacionales, en los términos que en esa ley se establecen y así evitar confusiones. Asimismo, se incorporó al “juego” como mecanismo mediante los cuales el proyecto educativo pueda alcanzar los mencionados objetivos generales.

Recordando, ¿cuáles son los principales aspectos de la ley?

  1. Más tiempo para regularizarse: el elemento central es la extensión del plazo para que los establecimientos que imparten educación parvularia y que reciben aportes del Estado, obtengan el reconocimiento oficial. El plazo vencía el 31 de diciembre de 2024 y con la aprobación de la ley se posterga hasta el 2034. A la fecha sólo un 40% de los establecimientos se ha regularizado, por lo que existía un riesgo de cierre masivo de jardines infantiles en caso de no establecerse esta prórroga. Esto irá acompañado de un plan de cumplimiento de los jardines, elaborado por la Subsecretaría de Educación Parvularia y que considera la participación de los sostenedores y las comunidades educativas.
  • Un niño, un jardín: Se elimina la posibilidad de doble matrícula en establecimientos que reciben aportes del Estado. Así, cuando un niño o niña sea matriculado en un jardín infantil financiado con recursos públicos, quedará automáticamente sin efecto su matrícula anterior en otro establecimiento del mismo tipo.
  • Mejor organización del año escolar: Se permite al Ministerio de Educación establecer normas para organizar mejor el calendario parvulario de los jardines infantiles. Hoy existen diversidad de criterios dependiendo de la región.
  • Información para un mejor traspaso a los Servicios Locales: se obliga a las municipalidades y corporaciones entregar información de sus jardines para facilitar la transición a los nuevos organismos. 

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