Con 129 artĂculos, la ley de reajuste del sector pĂşblico es muchas cosas, menos una ley de reajuste y es el mejor ejemplo de una ley miscelánea y de por quĂ© conviene evitarlas.
Un caso ilustrativo afectará a las concesionarias de distribuciĂłn elĂ©ctrica. El artĂculo 102 modifica la Ley General de Servicios ElĂ©ctricos y prohĂbe la atenciĂłn al cliente mediante sistemas exclusivamente automáticos para consultas, reclamos y solicitudes de informaciĂłn. Si un usuario quisiera saber el monto de su boleta, ya no responderĂa un sistema, sino una persona. Además, se exige atenciĂłn personalizada en un máximo de cinco minutos desde que inicia la interacciĂłn, sin medir costos ni la factibilidad de implementarlo. Todo esto es evidentemente costo y difĂcil de implementa: basta imaginar que ocurrirĂa en un corte de suministro en cualquiera de las principales ciudades del paĂs.
La norma no fue prácticamente discutida ni evaluada: no se sabe el costo para el cliente, la factibilidad de implementarse ni se atendió al sistema de fijación de tarifas. La norma en cuestión fue propuesta en la discusión de la ampliación del subsidio eléctrico y, en dicho proyecto, corregida y adecuada a nuestra normativa. Pero, por decisión del Ministerio de Hacienda, será ley en su peor versión.
No puede continuarse con la mala práctica de las leyes misceláneas, que impiden el estudio que la responsabilidad de legislar demanda, porque las prisas pasan, pero las malas leyes quedan.
Carta al Director de Juan Ignacio GĂłmez en La Tercera.-