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Sometidos a los pueblos indígenas

El Líbero

Si gana el Apruebo el 4 de septiembre, el 88% de chilenos que no reconocemos pertenencia a algún pueblo indígena quedaremos sometidos al 12% que según el último Censo sí lo hace. Esto, porque luego de la última votación de la Convención Constitucional el día martes, el Pleno de la Convención rechazó la redacción de la Comisión de Armonización que, según Fernando Atria, circunscribía el consentimiento previo de los pueblos y naciones indígenas a decisiones de entidades territoriales. Aseguraba Atria que, si el Pleno aprobaba el texto que presentaría la comisión de armonización, el consentimiento previo indígena no se requería en otras instancias.

Pues bien, lo que ocurrió es que el Pleno no aprobó la redacción de la Comisión de Armonización, sino que mantuvo la redacción original, que señala que “los pueblos y naciones preexistentes al Estado deberán ser consultados y otorgarán el consentimiento libre, previo e informado en aquellas materias o asuntos que les afecten en sus derechos reconocidos en esta Constitución.”

Así, al cerrojo atriano que exige para un importante número de disposiciones que el quórum de aprobación de una reforma constitucional sea de 2/3 y no de 4/7, excepto que la reforma sea aprobada por un plebiscito, vendría a sumarse ahora un cerrojo indígena que exige el consentimiento previo de los pueblos indígenas a reformas constitucionales en cualquier materia o asunto que les afecte en sus derechos reconocidos en la Constitución.

Como sabemos, este proyecto de Constitución otorga a los pueblos indígenas innumerables derechos y privilegios que el resto de los chilenos no tendríamos. Entre ellos podríamos mencionar derechos sobre aguas; competencias exclusivas determinadas por ley para las Autonomías Territoriales Indígenas; escaños reservados que les otorgan una sobrerrepresentación en todas las instancias políticas a nivel nacional, regional y comunal; sistema de justicia propio y autónomo en la designación de sus autoridades; privilegios en el proceso de restitución de tierras y reparación a los pueblos indígenas, entre otros.

Cualquier cambio a uno de estos derechos o privilegios establecidos en la Constitución tendría que ser graciosamente consentido por los pueblos indígenas, de modo que uno puede perfectamente concluir que estamos ante ventajas perpetuas y vitalicias para los indígenas en nuestro país, que van en desmedro del 88% de los chilenos. La ventaja de los escaños reservados en todos los órganos políticos, por su parte, no sólo asegura la mantención de estos privilegios, sino que amenaza con generar otros en el futuro.

El Apruebo para reformar está así clínicamente muerto, al menos en materias indígenas, y la honestidad intelectual obligaría a Fernando Atria y otros convencionales a admitirlo. Los chilenos que no pertenecemos a los pueblos indígenas quedaríamos, a contar del 5 de septiembre próximo en calidad de sometidos si es que triunfa el Apruebo en el plebiscito de salida.

 

Columna de Luis Larraín, Presidente del Consejo, publicada en El Líbero.-

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