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EL PLEBISCITO A LA CANCHA

El Mercurio

El tiempo transcurre y rápido. Tanto, que el primer hito del itinerario constituyente está a pocos días de comenzar. Y es que, formalmente, el 26 de agosto inicia la propaganda electoral relativa al plebiscito nacional. Ésta no es una cuestión accesoria ni menos trivial para la toma de decisiones de los ciudadanos. Por el contrario, es fundamental para el correcto desenvolvimiento de la democracia y máxime en un proceso de esta envergadura. El libre e igualitario acceso de los electores a la información que se da a conocer en las campañas es esencial para asegurar que éstos tengan las mejores alternativas posibles de elección. No cabe duda de que el derecho de sufragio es el pilar fundamental, y la concreción, de la libertad política, pero su pleno ejercicio supone la existencia y vigencia concreta de otras garantías complementarias sin las cuales su consagración sería meramente declarativa. El derecho a la información, a la libertad de expresión, a reunirse con fines políticos, pacíficamente, y de movilización son algunas de tales prerrogativas, indispensables para el pleno ejercicio del derecho a voto. Solo si tales derechos constitutivos se encuentran debidamente garantizados, legalmente y en la práctica, es posible un ejercicio razonado, libre e informado del voto, que garantice la veracidad, representatividad y legitimidad de un proceso electoral.

El puntapié inicial de este trascendente proceso se da, no obstante, en un complejo escenario para el pleno ejercicio de los derechos antes referidos. A la fecha, 9.8 millones de personas en Chile están en cuarentena impuesta por la autoridad y quienes han sido “liberados” del confinamiento, entrando en una etapa de apertura, necesaria y acorde con los indicadores sanitarios, lo hacen con responsabilidad para evitar rebrotes, los que posiblemente experimentemos de todas formas como en buena parte del mundo. Pero esa mayor libertad es condicional pues, por el bien común, se nos pide adoptar múltiples resguardos y asumir muchas restricciones al ejercicio de nuestros derechos fundamentales. En otras palabras, ya sea que usted se encuentre en las comunas de la fase 1 (cuarentena) o de la fase 2 (transición) del plan Paso a Paso, sus derechos fundamentales, amparados constitucionalmente, para desplazarse, reunirse y para realizar una serie de actividades, están congelados o sujetos a una serie de limitaciones. En tanto, el estado de excepción constitucional de catástrofe, que habilita la imposición de tales restricciones, que en la práctica se han concretado, fue extendido hasta mediados de septiembre.  

En este contexto, comienza la cuenta regresiva para el proceso constituyente, lo que nos pone ante una verdadera encrucijada. Es bastante evidente que los derechos ciudadanos antes referidos no pueden ejercerse con plenitud. Llama la atención que la política guarde silencio sobre el acertijo y no se cuestione sobre la vulneración o afectación de tales derechos, en este contexto, y cómo ello puede impactar la participación y la legitimidad del proceso. Cierto es que el proceso constituyente convoca a muchos con optimismo y a otros con recelo, pero lo cierto es que al menos debe convocarnos a todos y en igualdad de condiciones ¿Es posible en la situación actual? Pensemos. Podría llevarse adelante una campaña electoral, mayormente por medios digitales, pero ello supondría una discriminación arbitraria respecto de ciertos grupos que no acceden a esa información por razones de edad, recursos o porque no tienen conectividad suficiente como ocurre en localidades rurales lo que limita la posibilidad de informarse. Lo mismo puede decirse respecto de las posibilidades de informar: mientras en condiciones normales cualquier ciudadano puede hacer campaña presencial, sin mayor dificultad ni costos, en este escenario más bien esa posibilidad estará vedada o será en extremo limitada ¿Qué pasa con el derecho de sufragio de aquellas personas que se encuentren en grupos de riesgo, con legitimo temor de ejercerlo por un posible contagio? ¿Es razonable que deban renunciar a él?

¿Por qué no conversamos sobre esto, de buena fe y con la mayor objetividad posible, y no solo sobre cómo será el voto seguro el día mismo del plebiscito? Nos guste o no el acuerdo del 15 de noviembre, los pactos deben cumplirse, de manera que eso no está en juego. El punto es cómo y cuándo hacerlo para asegurar el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos, la mayor participación posible y la legitimidad consecuente, cuestión que debemos abordar ahora, pues el tiempo pasa, inexorablemente.

 

Columna de Natalia González, Directora de Asuntos Jurídicos y Legislativos de LyD, publicada en El Mercurio.- 

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