La recalendarizaciĂłn electoral era imperiosa, atendido el estado de catástrofe en que se encuentra nuestro paĂs. Sin embargo, la reforma (Ley N°21.221) generĂł vacĂos y problemas antes inexistentes.
Primero, fija de manera rĂgida la Ă©poca del plebiscito cuando no existen certezas sobre la duraciĂłn de la pandemia.
Considerando que el proceso plebiscitario comienza a fines de agosto -perĂodo de campaña-, un leve retraso en el control de la crisis sanitaria lo hará inviable. AsĂ, habrĂa sido razonable incorporar un mecanismo que permitiese a la autoridad sanitaria evaluar el estado de la pandemia en julio y, en caso de ser necesario, disponer su postergaciĂłn.
Segundo, genera un vacĂo en la regulaciĂłn de la ConvenciĂłn Mixta Constitucional. En caso de ser este el Ăłrgano electo, funcionará más allá del perĂodo del actual hemiciclo parlamentario, pudiendo haber congresistas que, integrando la ConvenciĂłn, cesen en su cargo. ÂżQuĂ© ocurre con ellos? ÂżSiguen ejerciendo sus funciones como convencionales o deben ser reemplazados por representantes del nuevo hemiciclo? La reforma nada dice al respecto.
Tercero, la nueva ConstituciĂłn puede eliminar cargos existentes o crear nuevas autoridades, tanto del Poder Legislativo como Ejecutivo. AsĂ, este itinerario crea la absurda situaciĂłn en la cual elegiremos a nuestros representantes polĂticos en 2021, sin tener garantĂa alguna de que se mantendrán en sus funciones más allá de unos meses. Sumado a ello, no sabemos quĂ© facultades tendrán bajo la vigencia de la nueva carta magna, lo que atenta contra un principio básico del Estado de Derecho segĂşn el cual a las autoridades polĂticas se las elige por un perĂodo determinado, con facultades expresas y conocidas de antemano.
Finalmente, genera incentivos perversos para la ConvenciĂłn, la que durante su funcionamiento sabrá quiĂ©n resultĂł electo Presidente de la RepĂşblica y quĂ© sector polĂtico obtuvo mayorĂa parlamentaria, lo que muy probablemente influirá en su trabajo, eliminando asĂ el velo de la ignorancia rawlsiano que operaba con el antiguo itinerario y que incentivaba a todas las partes a consagrar un rĂ©gimen polĂtico balanceado, que limitase el poder polĂtico, favoreciera la alternancia en el poder y fuese respetuoso de las minorĂas polĂticas.
De esta manera, el nuevo calendario electoral produce vacĂos y problemas antes inexistentes. SĂłlo queda esperar que el Congreso se haga cargo de ellos por medio de proyectos de ley complementarios que reduzcan la incertidumbre de este proceso constituyente.
Columna de Luciano Simonetti, Abogado de Libertad y Desarrollo, publicada en Diario Financiero.-Â
