El acuerdo por la paz y nueva Constitución alcanzado en la madrugada del 15 de noviembre da una oportunidad a nuestros polĆticos para ejercer la esencia de su oficio: llegar a acuerdos en beneficio del paĆs. Tras el llamado del Presidente PiƱera efectuado 48 horas antes, los partidos polĆticos con representación parlamentaria, excepto el Partido Comunista, concurrieron a este pacto para elaborar una nueva constitución.
Las graves circunstancias que vivió el paĆs las horas previas, de inusitada violencia, activaron el sentido de urgencia de los polĆticos. No puede dejar de seƱalarse, no obstante, que parte de la clase polĆtica ha tolerado la violencia como medio para lograr objetivos polĆticos. Es inaceptable que, alcanzado este acuerdo por la paz social, esa tolerancia continĆŗe.
Por eso es tan importante que los firmantes actĆŗen sobre la base del principio de buena fe. Se ha establecido un largo itinerario para llegar a la aprobación de una nueva constitución en caso que en el plebiscito del mes de abril la ciudadanĆa opte por ese camino. En este perĆodo, los protagonistas del proceso habrĆ”n de discutir, de buena fe, la forma de poner en prĆ”ctica este acuerdo. Ese camino estĆ” lleno de detalles y surgirĆ”n discrepancias, que deben superarse en el espĆritu de lo firmado.
El Senador Andrés Allamand planteó una interpretación del acuerdo que señala que las materias contenidas en la nueva constitución tendrÔn que acordarse por dos tercios de los miembros de la Convención, tanto en sus contenidos puntuales, como en el conjunto de ellas. Ello nace de la lectura del punto 6 del documento firmado, cuando señala que las normas y el reglamento de votación de las mismas deberÔ ser aprobado por el órgano constituyente por un quórum de 2/3 de sus miembros en ejercicio.
Esta opinión de Allamand ha provocado una desproporcionada reacción de polĆticos de oposición, que le acusan de intentar mantener, por esa vĆa, la constitución vigente. La verdad es que eso no es asĆ. Es una interpretación, que no es la Ćŗnica, pero que podrĆa estar sobre la mesa para ser discutida por los constituyentes. En el acuerdo firmado no se seƱala que si no se logra el quórum rige la constitución vigente, pero tampoco que ello signifique que la materia en cuestión pasa a ser regulada por normas legales. HabrĆ” que hacer una interpretación armónica del acuerdo y atender tambiĆ©n al principio de realidad, pues es posible que una interpretación pueda ser aplicable en ciertos casos y no en otros, dependiendo de la cuestión que se estĆ© discutiendo. AdemĆ”s, tendrĆ” que haber normas transitorias entre una constitución y otra.
Dilucidar esto ahora es intentar ganar un partido por secretarĆa antes que se juegue. Dejemos a los constituyentes la tarea de llegar a acuerdos, aplicando la buena fe y ciƱƩndose estrictamente al espĆritu y al texto del acuerdo.
Columna de Luis LarraĆn, Director Ejecutivo de Libertad y Desarrollo, publicada en La Tercera.-Ā
