La Corte de Apelaciones de Rancagua revocĂł la resoluciĂłn del Tribunal de GarantĂa que habĂa negado la rebaja de medidas cautelares a Natalia Compagnon, nuera de la Presidenta Bachelet, lo que le permitirá viajar a los Estados Unidos, dado que esas medidas incluĂan el arraigo nacional.
Son varios los ángulos desde los que se puede analizar esta informaciĂłn. Uno de ellos es el de la independencia de los tribunales frente al poder polĂtico. Otro, que en este caso podrĂa actuar en direcciĂłn contraria al anterior, es el de la potestad de los tribunales de justicia frente a la actuaciĂłn de las fiscalĂas del Ministerio PĂşblico. Como sabemos, el nuevo sistema procesal penal separa la funciĂłn de investigar un delito, tarea que cae en las fiscalĂas, de la de juzgar a los eventuales culpables de ese delito, que recae en los tribunales de garantĂa.
Como ha quedado en evidencia en casos de alta connotaciĂłn pĂşblica relacionados con el financiamiento irregular de la polĂtica, las fiscalĂas se han erigido como verdaderos jueces en la plaza pĂşblica, que persiguen a personas por la supuesta comisiĂłn de delitos. Procedimientos que son instancias de garantĂa para los inculpados, como las audiencias de formalizaciĂłn, han derivado en la práctica, por acciĂłn de fiscales y los medios de comunicaciĂłn, en algo completamente contrario al propĂłsito que les señala la ley, pues se transforman en una suerte de pre juicio, luego del cual quienes son formalizados adquieren una categorĂa de parias sociales frente a la opiniĂłn pĂşblica.
Grandes responsables de esta situaciĂłn han sido los fiscales que se limitan a actuar como partes en un juicio, ignorando que integran el Ministerio PĂşblico —y por lo tanto un Ăłrgano estatal — y que por ende debieran observar una actitud conducente al esclarecimiento de la verdad, que incluye por supuesto escuchar y ponderar de buena fe los argumentos y antecedentes de la defensa de los inculpados. Entre estas prácticas abusivas está la reiteraciĂłn de una tendencia que tenĂa el antiguo proceso penal y se suponĂa se iba a corregir, que no es otra que considerar las medidas cautelares como un cumplimiento anticipado de la pena; o lo que es peor, utilizarlas como medidas de presiĂłn para lograr la confesiĂłn de los inculpados.
Aliadas formidables para conducir los procesos de esta manera indebida y que atropella las garantĂas del debido proceso han sido las filtraciones de antecedentes de la investigaciĂłn a la prensa. Las filtraciones constituyen delitos y deben tambiĂ©n investigarse y sancionarse.
Hay una tarea pendiente en el Ministerio PĂşblico en orden a erradicar estos vicios del proceso en los casos de financiamiento de la polĂtica. Recordemos que en la legislaciĂłn aplicable a estos casos no está tipificado un delito, de modo que las fiscalĂas han debido recurrir a otros delitos, como el tributario, para lograr sanciones para los autores. En ese afán, ha faltado prolijidad, y se han aplicado criterios dispares a distintos casos tanto por el Servicio de Impuestos Internos como por las fiscalĂas. En fin, queda una inmensa tarea para el Ministerio PĂşblico.
Pero hay tambiĂ©n otro fenĂłmeno que ha rodeado estos casos y que ha contribuido a la sensaciĂłn de arbitrariedad de las decisiones judiciales. Los tribunales de garantĂa han aparecido como los parientes pobres del proceso penal.
En efecto, el protagonismo mediático de los fiscales y la falta de comprensiĂłn de la mayorĂa de ellos acerca de los roles que cumplen las distintas instituciones presentes en el proceso penal han llevado a que la labor de los tribunales de garantĂa pase prácticamente inadvertida y que sean vistos como verdaderos buzones de las virtuales “resoluciones” que tomarĂan las fiscalĂas. Esto es inaceptable desde el punto de vista de las potestades del Poder Judicial. Son los tribunales de justicia los llamados a impartir justicia en Chile.
Desde este punto de vista, la reciente resolución de la Corte de Apelaciones en el caso del arraigo a Natalia Compagnon viene a poner las cosas en su lugar. Independientemente del mérito de la resolución, sobre el cual no nos pronunciamos por carecer de antecedentes, la corte ha actuado conforme a sus atribuciones y no cabe reproche al respecto.
Excepto, y a ello nos referĂamos al iniciar estas lĂneas, que sea Ă©ste un comportamiento completamente excepcional, que para el comĂşn de los chilenos no cambia todos los problemas de falta de garantĂas en los procesos que denunciábamos más arriba. Si su calidad de nuera de la Presidenta Bachelet y la comparecencia a tribunales de su esposo Sebastián Dávalos es lo que ha permitido a Natalia Compagnon obtener esta resoluciĂłn favorable de la corte, estamos ante un problema mayor.
Sólo el comportamiento futuro de los Tribunales de Justicia permitirá dilucidar esta interrogante.
Columna de Luis LarraĂn, Director Ejecutivo de Libertad y Desarrollo, publicada en El LĂbero.-