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El semipresidencialismo en Chile

El Libero

¿Es usted presidencialista o semipresidencialista? En cualquier escenario, una pregunta tan abstracta no daría siquiera para una buena conversación. Pero hoy en Chile parece que esta disyuntiva vuelve a cobrar fuerza, según se aprecia en un libro que acaba de lanzar el CEP (Propuestas Constitucionales, editado por Lucas Sierra) en el cual participo.

Por ahora las opciones son dos: moderar el presidencialismo o avanzar hacia un régimen semipresidencial. Este último, en términos simples, combina a un Presidente elegido popularmente con un Primer Ministro elegido por la mayoría parlamentaria. El primero tiene atribuciones en áreas más bien simbólicas (relaciones internacionales y defensa, se suele decir). Y el segundo tiene el poder, pues maneja la billetera y la agenda gubernamental.

Quiero argumentar a favor del presidencialismo por tres razones.

La primera es la realidad. Creo que es sano ser escéptico de las modelaciones teóricas que se alejan abruptamente de la tradición constitucional chilena. Más de dos siglos de historia muestran que la forma de ejercer el poder en Chile ha sido unipersonal. O dicho en palabras de Bravo Lira, creo que la Constitución no escrita, esa que se impone sobre la Constitución escrita, descansa en gran medida en la figura del Presidente. Me parece que Chile no aguantaría un sistema de distribución del poder en el que el Presidente no tenga atribuciones para decidir, que son aquellas que la ciudadanía tradicionalmente le ha demandado. Ello disociaría aún más a quienes ejercen poder de los ciudadanos que les reclaman soluciones.

La segunda es de diseño institucional. El diseño óptimo de cualquier esquema colectivo debe promover instancias de cooperación. Hoy un ministro coopera con el Presidente que lo designó, sea por convicción o por conveniencia. Pero los incentivos están correctamente ubicados para que exista cooperación. En un sistema semipresidencial tal cooperación se difumina. Ello, ante todo, porque el Primer Ministro y el Presidente son dos figuras con vocaciones políticas que están, esencialmente, en competencia y no en cooperación. Pero además porque en un sistema semipresidencial, ¿con quién coopera el gabinete? ¿Con el Presidente o con el Primer Ministro? ¿Y los jefes de servicio o las autoridades ejecutivas en las regiones? Esta dicotomía se tornará paralizante. Es lo que pasa en muchos ministerios en los que la agenda del ministro se enfrenta a la del subsecretario. Cuando ello ocurre, más seguido de lo que se cree, pregunte usted a los funcionarios de ese ministerio qué hacen: básicamente nada; y así se evitan problemas. El sistema semipresidencial institucionaliza, de algún modo, esta competencia entre autoridades con vocaciones que se enfrentan y arriesga crear un sistema que incentiva la parálisis.

La tercera es desde la experiencia comparada. El semipresidencialismo francés es más teórico que real. Y lo que vive en estos meses España no parece ser un modelo a seguir. Más aun ahora que nuestro sistema electoral multiplicará los partidos políticos. Intuyo que elegir a ese primer ministro tomará varios meses y su permanencia en el cargo dependerá de unos pocos votos. En ese escenario, los fieles serán los menos.

Pero no vaya a pensarse que quienes promueven el presidencialismo no aciertan en algunos aspectos del diagnóstico. Efectivamente el presidencialismo chileno debe ser moderado; pero hay otras herramientas menos disruptivas. También es cierto que se requiere una fórmula para generar mayor lealtad de la coalición oficialista con su Presidente; pero eso puede lograrse con otros mecanismos no vinculados al régimen de Gobierno. Estados Unidos muestra algunos y, en casa, la Concertación en los noventa lo hizo bien en ese sentido. Así las cosas, en este tema, el debate debe dirigirse más a encontrar las herramientas que a construir un diagnóstico.

Una última reflexión: hace años en una entrevista, Aylwin decía que los grandes presidentes de nuestra historia son aquellos que “efectivamente mandaron”. Me temo que un régimen semipresidencial impediría que el Presidente siga mandando pero no para transferir esa capacidad a otra autoridad sino que simplemente para disolverla. Y para quienes somos promotores del orden, esto debe causar preocupación.

Columna de Sebastián Soto, Director del Área Constitucional, en El Líbero.-

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