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El nuevo gobierno corporativo de ENAP

Pulso

Un aspecto trascendental, tratándose de mercados en los que el Estado cumple un rol de regulador y además de propietario y actor del mercado -considerando preliminarmente que tratándose de último caso, éste se presenta de forma excepcionalísima para hacer frente a una necesidad pública que no es susceptible de ser satisfecha por el sector privado-, es la necesaria separación que debe existir entre la función de propiedad del Estado y las demás funciones de éste, que pueden influir sobre las condiciones para las empresas públicas.

A propósito de ello y del comienzo de la tramitación legislativa del proyecto de ley que establece un nuevo Gobierno Corporativo para la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP), iniciativa altamente esperada, particularmente por la discutida tramitación que tuvo la ley que amplió su giro, y que fue aprobada recientemente; preocupan dos aspectos esenciales del proyecto; el primero de ellos, en cuanto a la nominación de los directores, y el segundo, respecto a la aprobación del “Plan de Desarrollo y Negocios de la Empresa”.

En la nominación del grupo que liderará las gestiones de la empresa, que considera a siete Directores, el Presidente de la República tendrá incidencia en prácticamente todos ellos. Tres serán nombrados por el Presidente de la República; otros tres también serán nombrados por éste, a partir de una terna propuesta por el Consejo de Alta Dirección Pública; y el último en calidad de representante de los trabajadores de la empresa, nombrados por el Presidente de la República. Esto no resulta conveniente, pues cuando este tipo de decisiones está en manos de personas cuyos cargos finalmente dependen del mismo poder político que los nombra, pese a estar definida su independencia en el proyecto, cuesta pensar que esto se cumpla y que le elección no sea influida por dicho poder. Se debe velar por la idoneidad técnica de los miembros del Directorio, lo que amerita buscar fórmulas más imparciales para su nominación.

En cuanto a la definición estratégica de ENAP, contenida en el “Plan de Desarrollo y Negocios de la Empresa”, que será aprobado por el Directorio y además por los ministros de Hacienda y de Energía, preocupa que por tratarse de aspectos claves, como son los objetivos y metas de rentabilidad de la empresa, los planes de inversión y de desarrollo, la política y eventual necesidad de endeudamiento, entre otros; su aprobación pueda entrar en pugna con la debida independencia de la empresa, y que ésta no se transforme, en definitiva, en un instrumento de decisiones políticas, rol que le corresponde al nivel central.

Cuando una empresa del Estado se utiliza para fines distintos de su giro, como la consecución de objetivos de política pública, se altera el correcto equilibrio del mercado, lo que genera distorsiones en la competencia además de provocar incertidumbre y conflictos de interés.

Una máxima, es que el Estado debe dejar a los Directorios de las empresas públicas ejercer sus responsabilidades y respetar su independencia, y no implicarse en la gestión cotidiana de las empresas públicas, otorgándoles, por tanto, plena autonomía operativa para alcanzar sus objetivos.

Columna de Cristina Torres, abogada del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo, en Pulso.-

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