Adiós La Haya

El Mercurio

Al reconocer competencia para conocer de la demanda boliviana, la Corte Internacional de Justicia no deja a Chile otro camino que denunciar el Pacto de BogotĆ” que nos obligarĆ­a a comparecer a esa corte ante futuras demandas de Bolivia.

Hay razones prÔcticas y de principios para adoptar esa decisión.

Desde el punto de vista prÔctico, es evidente que si Chile no estÔ dispuesto a ceder soberanía sobre su territorio, no puede aceptar que la corte decida sobre la petición boliviana de imponernos la obligación de una pronta y efectiva negociación para otorgarle una salida soberana al Océano Pacífico. Chile, dados los caprichosos criterios del tribunal, corre el riesgo de que cambie la condición del acceso de Bolivia al Pacífico desde uno no soberano a otro con soberanía, lo que implicaría cesiones territoriales. Es cierto que denunciar el pacto no nos exime de la obligación de seguir esta demanda y cualquier otra que se presente de aquí a un año, pero estÔ visto que la estrategia boliviana serÔ usar y abusar cuantas veces sea necesario del recurso de recurrir a la corte y es preferible en el futuro usar otros mecanismos de resolución de controversias.

Pero también hay razones de principios en esta decisión.

Al reconocer la jurisdicción de un tribunal, lo que las partes hacen es delegar a un tercero una decisión de interpretación de la ley sobre la que no tienen acuerdo. Ello es propio de sociedades civilizadas en la medida que de persistir el desacuerdo, la resolución del conflicto podría llevar incluso al uso de la fuerza para dirimirlo.

Sin embargo, esta decisión se basa en un supuesto fundamental: la Corte debe fallar en derecho. Ello porque esa es la Ćŗnica manera de garantizar la existencia de lo que los anglosajones han llamado el ā€œrule of lawā€, que da garantĆ­as a las partes de que se aplicarĆ”n criterios conocidos y objetivos para fallar. Es la existencia de este ā€œrule of lawā€ o ā€œestado de derechoā€ lo que garantiza a las partes que la decisión no serĆ” arbitraria.

Desgraciadamente la Corte de La Haya, ya con ocasión de la demanda peruana de delimitación marítima fijó un límite arbitrario sin ajustarse a derecho. Al reconocer competencia en este caso, reitera su comportamiento.

Como lo expuso la defensa chilena, la Corte carece de jurisdicción para juzgar asuntos resueltos por un tratado anterior al Pacto de BogotÔ, como es el de 1904.

Al desconocer este argumento, la Corte Internacional de Justicia deja de tener para las partes el carƔcter de un tribunal que falla en derecho y renuncia de esta manera, de hecho, a ejercer el rol que los signatarios del Pacto de BogotƔ le confirieron.

Como lo seƱaló el ex Canciller HernĆ”n Felipe ErrĆ”zuriz antes de conocerse el fallo, ā€œtampoco la Corte podrĆ­a desconocer las gravĆ­simas incertidumbres que generarĆ­a para el sistema y la paz internacional, y para la estabilidad de las fronteras, un eventual fallo que acogiera lasĀ pretensiones de Bolivia, de alterar por una decisión judicial posterior un lĆ­mite establecido por un tratado vigente y reconocido por ambas partesā€.

La penetración de criterios ideológicos y la atención a intentos de victimización pueden hacer estragos en la labor de los tribunales. El activismo judicial es un verdadero cĆ”ncer que corroe el estado de derecho al desconocer el concepto fundamental de un estado libre de que las personas estĆ”n sujetas al ā€œgobierno de las leyes y no de los hombresā€.

Los nacionales de un país no pueden eludir la jurisdicción de los tribunales del territorio en que viven, por eso el activismo judicial hace tanto daño a la libertad en una sociedad al ser sus consecuencias ineludibles. Pero en materia internacional, la jurisdicción de un tribunal como el de La Haya se ejerce solamente sobre aquellos que voluntariamente se someten a él.

Chile debe por lo tanto denunciar el Tratado de BogotÔ y desconocer la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para resolver controversias con sus vecinos. Aparentemente, Chile ha perdido con este fallo, pero en la realidad, quienes mÔs han perdido son la propia Corte, cuya legitimidad queda en entredicho, y el derecho internacional, que ve degradarse un instrumento muy útil en la aplicación de justicia.

 

Columna de Luis LarraĆ­n, Director Ejecutivo de LyD, publicada en El Mercurio.-

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