REPRODUCIMOS LA COLUMNA DE JOSÉ FRANCISCO GARCÍA, COORDINADOR DE POLÍTICAS PÚBLICAS DE LYD, PUBLICADA EN PULSO.

Tiene razón el Ministro de Interior y Seguridad Pública, cambiando la posición del gobierno inicial, de que la Ley Antiterrorista debe ser invocada de acuerdo al mérito de los hechos, esto es, cuando se estime puedan ser constitutivos de un delito terrorista; una posición contraria, sea invocarla a todo evento o nunca, o bien realizando distinciones geográficas para su aplicación, no parece una posición sensata.
La existencia de una discusión pública en torno al perfeccionamiento de la Ley Antiterrorista, la conformación de grupos de expertos que estén analizando perfeccionamientos deben apuntar entonces a tener una mirada integral en esta materia, lo que debe llevar entonces a mejorar la Ley 18.317 de conductas terroristas, fortalecer las capacidades institucionales de la ANI, el Ministerio Público y las policías, la posición de las víctimas de estos delitos, entre otros.