El pasado 19 de enero, la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados votó el último artículo pendiente del proyecto que crea el Subsistema de Inteligencia Económica, despachándolo a la Comisión de Hacienda. Esta iniciativa busca modernizar la persecución penal frente a la proliferación de bandas delictivas complejas, centrando su estrategia en la intervención de la "ruta del dinero" para desarticular la capacidad operativa del crimen organizado.
Un modelo de colaboración interinstitucional
El proyecto propone que la Unidad de Análisis Financiero (UAF), el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el Servicio Nacional de Aduanas —estos últimos mediante nuevas unidades de inteligencia especializadas— colaboren coordinadamente en el levantamiento de información estratégica. El objetivo es detectar actividades ligadas a delitos tributarios, aduaneros, económicos y lavado de activos, generando alertas tempranas dirigidas al Ministerio Público y al Sistema de Inteligencia del Estado.
La alerta: El riesgo de la discrecionalidad administrativa
El secreto y la reserva bancaria operan como garantías fundamentales destinadas a resguardar la intimidad, la privacidad y la protección de datos personales de los ciudadanos, bajo una lógica regulatoria donde el acceso a dicha información debe ser siempre ponderado por un tercero imparcial. Este control judicial asegura que la medida cumpla con los estándares de necesidad y proporcionalidad en relación con el fin investigativo perseguido, evitando intrusiones arbitrarias por parte del Estado. Sin embargo, la última propuesta del Ejecutivo - presentada el 12 de enero- más reciente introduce un cambio de paradigma al otorgar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) la facultad de acceder a estos antecedentes sin autorización judicial previa, sustituyendo el control preventivo por un esquema de validación administrativa. Si bien se incorporan nuevas exigencias, como la obligatoriedad de que el requerimiento sea suscrito conjuntamente por el Director de la Unidad y la Jefatura de la División Jurídica, y se fija un límite temporal de cuatro años para el acceso directo, estas medidas no logran disipar las alertas sobre el debilitamiento del control jurisdiccional.
La persistencia de esta facultad administrativa genera nudos críticos que afectan la arquitectura del Estado de Derecho, especialmente porque los filtros añadidos y las auditorías posteriores se presentan como mecanismos reactivos que operan una vez que la garantía fundamental ya ha sido vulnerada. Al obligar a informar a las Comisiones de Seguridad del Congreso de manera posterior, se establece una fiscalización política que no impide el acceso discrecional inicial a la información financiera. En definitiva, el control interno propuesto se basa en una lógica de confianza institucional que, técnicamente, no puede reemplazar la imparcialidad de un juez independiente. El riesgo de fondo radica en que esta sustitución de autorizaciones judiciales por administrativas otorga una potestad discrecional a la parte interesada, transformando un procedimiento que debería ser excepcional en un régimen administrativo donde el examen de proporcionalidad queda al arbitrio de la propia autoridad estatal.
Finalmente, pese a los intentos del Ejecutivo por avanzar en esta facultad administrativa, la Comisión de Seguridad Ciudadana rechazó la indicación por mayoría de votos, reafirmando la necesidad de mantener el control judicial como estándar mínimo de protección. Tras el despacho del proyecto, la diputada Gloria Naveillán fue designada como la encargada de informar el texto ante la Sala de la Cámara, donde se espera que la discusión se centre nuevamente en el equilibrio entre la eficacia de la inteligencia económica y el resguardo de las garantías constitucionales.