TRASPASO DEL SIS AL FAPP: LA REFORMA AVANZA EN LA COMISIÓN DE TRABAJO, PERO DEJA VACÍOS PENDIENTES

El pasado 15 de septiembre la Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó en particular el proyecto de ley que tiene por objeto regular el traspaso del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) desde su actual administración por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) hacia el Seguro Social, en cumplimiento de la Ley N° 21.735 de Reforma de Pensiones. Actualmente, el SIS opera como un seguro colectivo licitado por las AFP a compañías de seguros de vida, financiado mediante una tasa uniforme sobre las remuneraciones imponibles de los afiliados no pensionados menores de 65 años. La reforma dispuso que, a partir de agosto de 2026, el SIS pase a ser parte del Seguro Social y se financie con cargo al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), con el Instituto de Previsión Social (IPS) a cargo de la recaudación y pago de beneficios. No obstante, el proyecto mantiene a las AFP en funciones críticas —como el cálculo y otorgamiento de prestaciones y el apoyo a las Comisiones Médicas— lo que fragmenta la gestión, rompe la lógica de ventanilla única y podría incrementar costos administrativos.

Las indicaciones introducidas durante la discusión en particular si bien se encuentran bien orientadas, son insuficientes: primero, modifica la regulación del cobro de comisiones, eliminando la referencia a la cotización adicional diferenciada según cobertura del SIS o tipo de afiliado. Segundo, se establece que las licitaciones del seguro no estarán sujetas a la Ley N° 19.886 sobre contratos administrativos, quedando las Bases de Licitación bajo la aprobación del Consejo Directivo del Administrador del Fondo. Y tercero, se define un procedimiento para el traspaso de reservas remanentes del SIS desde las AFP al FAPP, junto con la responsabilidad por siniestros no reportados, a contar de seis años después de finalizado el último contrato. Dicho traspaso quedará bajo fiscalización de la Superintendencia de Pensiones, que podrá exigir auditorías externas y aplicar sanciones en caso de incumplimiento.

Pese a estos ajustes, subsisten riesgos financieros y operativos. La prima del SIS se ubica hoy en torno al 1,9%, superior a lo previsto en la reforma, lo que tensiona la sostenibilidad del FAPP, llamado a financiar simultáneamente este seguro y el bono por expectativas de vida. En este contexto, el proyecto aprobado en particular por la Comisión de Trabajo pasa ahora a la Comisión de Hacienda, donde deberá abordarse con un debate legislativo serio que permita corregir la fragmentación institucional, establecer un traspaso completo al IPS, definir reglas claras y coordinadas para la transición financiera, y fortalecer los mecanismos de sostenibilidad del FAPP. Esto resulta factible, dado que la misma Ley N° 21.735 establece que mientras no se apruebe una norma que regule el traspaso total del SIS, seguirá vigente el mecanismo transitorio de transferencias entre FAPP, AFP y aseguradoras

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