El pasado lunes 4 de agosto, la Comisión de Hacienda del Senado aprobó en general el proyecto de ley que regula las apuestas en línea. La iniciativa, que consta de 75 artículos permanentes y 6 artículos transitorios, deberá ser ahora conocida por la Sala del Senado para continuar su tramitación legislativa.
El proyecto de ley que regula el desarrollo de plataformas de apuestas en línea establece un marco normativo integral para su autorización, funcionamiento, administración y fiscalización, con el objetivo de proteger la fe pública y los derechos de los jugadores, prevenir el acceso de menores y la formación de conductas adictivas, combatir el juego ilegal, regular la publicidad y resguardar el interés fiscal. La fiscalización de esta actividad estará a cargo de la Superintendencia de Casinos, Apuestas y Juegos de Azar, y se prohíbe cualquier modalidad de apuestas no autorizada por esta u otras leyes. Los principales aspectos regulados, se pueden sintetizar de la siguiente manera:
- La explotación de plataformas requerirá una licencia general de operación otorgada por la Superintendencia. Solo podrán acceder a ella sociedades anónimas cerradas constituidas en Chile, con un capital mínimo de 2.000 UTM, un máximo de 10 accionistas y objeto social exclusivo de operar apuestas en línea. La licencia tendrá una duración de cinco años, renovable, y su transferencia, arrendamiento o cesión estará prohibida. La normativa fija estrictos requisitos técnicos, financieros y de idoneidad para socios y directores, además de planes de operación y certificación de políticas de juego responsable.
- Las plataformas deberán implementar cuentas de apuestas personales e intransferibles, que solo podrán recibir abonos mediante medios de pago autorizados. Se contemplan mecanismos obligatorios de monitoreo de patrones de juego, alertas para conductas riesgosas y prohibición de otorgar créditos a usuarios. Asimismo, deberán llevar un registro detallado de todas las operaciones durante un plazo mínimo de seis años. La ley establece prohibiciones específicas de participación, que incluyen a menores de edad, personas autoexcluidas, deudores de pensiones de alimentos, privados de libertad y funcionarios con injerencia directa en la fiscalización o resultados.
- El régimen de fiscalización otorga a la Superintendencia amplias facultades para supervisar en línea las operaciones, acceder a información y dictar instrucciones técnicas. Las infracciones se clasifican en leves, graves y gravísimas, con sanciones que van desde multas de 30 a 5.000 UTM hasta la suspensión o revocación de licencias. Se tipifican como delitos la operación sin licencia, la alteración de resultados, la facilitación de acceso a cuentas ajenas o la promoción de plataformas ilegales.
- En materia tributaria, se establece un gravamen anual de 1.000 UTM por licencia, un impuesto del 20% sobre ingresos brutos de apuestas (monto apostado menos premios entregados), un aporte del 2% de los ingresos brutos de apuestas deportivas al Instituto Nacional de Deportes y una tasa del 1% destinada a la promoción del juego responsable. En cuanto a la publicidad, solo estará permitida para plataformas autorizadas, debiendo incluir advertencias de restricción de edad y riesgos, y prohibiéndose cualquier mensaje dirigido a menores. Finalmente, se incorporan medidas contra plataformas ilegales, que incluyen el bloqueo de transacciones y cuentas por entidades financieras, restricción de acceso por proveedores de internet y aplicaciones, y acciones judiciales por parte del Consejo de Defensa del Estado.
En la tramitación, será clave abordar las implicancias que el proyecto plantea en términos de equidad regulatoria, carga tributaria y resguardo de derechos adquiridos. Entre las principales consideraciones se encuentran la necesidad de evitar distorsiones competitivas entre casinos físicos y plataformas en línea, asegurar que la estructura impositiva no resulte desproporcionada ni genere efectos confiscatorios, y mantener la coherencia con principios de seguridad jurídica. Asimismo, será fundamental dotar a la Superintendencia de herramientas efectivas para la fiscalización y persecución del juego ilegal, junto con alinear la normativa a estándares internacionales de prevención de delitos financieros y resguardo de la salud pública.