PROYECTO PARA SALDAR LA DENOMINADA “DEUDA HISTÓRICA”: UN ACUERDO POLÍTICO

Días atrás el gobierno ingresó un proyecto de ley que tiene como propósito saldar la denominada “deuda histórica”, esto es, aquella que se habría generado tras la municipalización de la educación en la década de los ‘80 y el consecuente cambio de régimen laboral de los profesores que, en virtud de dicho proceso, dejaron de ser funcionarios del Estado. Si bien en dicho momento existió la opción de que los docentes traspasados que así lo manifestaran mantuvieran el régimen previsional y de sueldos anterior, como regla general estos perdieron el derecho a percibir las asignaciones que se les entregaban previamente, incluida la que se creó a través del Art. 40 del D.L. 3.551 de 1980 y que ha originado el reclamo posterior de los involucrados.

Así lo han determinado algunos dictámenes judiciales[1], como también los sucesivos gobiernos que hasta ahora han negado la existencia de una responsabilidad por el pago de deuda alguna a los reclamantes[2]. Sin embargo, se debe reconocer que, en paralelo, hay también sentencias favorables para algunos de los profesores que recurrieron a los tribunales, las que posteriormente fueron refrendadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)[3]. Con todo, pese a la persistencia de los docentes para exigir el pago de la “deuda histórica”, lo que pareciera haber acá, antes que “una” deuda, son casos distintos en función de la situación particular de cada involucrado.

No obstante, el proyecto de ley presentado por el gobierno, que se gestó de un acuerdo con el Colegio de Profesores[4], reconoce la existencia de “una” deuda y establece el pago de $4.500.000 a un grupo de más de 57 mil docentes que forman parte de una nómina que se elaboró entre el Ministerio de Educación y el Colegio de Profesores, a los que podrían añadirse otros más.

Evidentemente, un pago uniforme para miles de profesores que eran funcionarios de distintos municipios es una muestra de que lo que se discute es un acuerdo político para resolver un supuesto conflicto entre el Estado y los profesores. Por lo tanto, dicho acuerdo debe ser evaluado a la luz de las demás prioridades que tiene el sector educación en particular y la sociedad chilena en general, más aún considerando que por el calendario de pagos –que se prolongará por 6 años- todo el gasto asociado deberá ser asumido por los próximos dos gobiernos. Así también, surge la duda de si es correcto entregar este aporte a todos quienes reclaman, siendo que la situación de cada uno es diferente: no todos poseen un fallo a favor de algún tribunal y, en definitiva, no todos se encontrarían en las circunstancias que ameriten el reconocimiento de algún tipo de deuda. Por último, es necesario que, de aprobarse este proyecto de ley, se garantice que no volverán a abrirse nuevas reivindicaciones respecto a esta materia.

Detalles del acuerdo

Los pagos que contempla el proyecto serán de $4.500.000 para cada involucrado y se realizarán en dos cuotas, a lo largo de un período de 6 años, partiendo el año siguiente al que se promulgue la ley y comenzando por las personas de mayor edad –muchos de los cuales es probable ya se encuentren jubilados-. Entre los requisitos para poder acceder a este aporte están no mantener un juicio o reclamación pendiente sobre esta materia ante cualquier tribunal o corte nacional o internacional, debiendo desistir de éste quienes se encuentren en dicha situación. Así también, los perceptores de esta asignación deberán manifestar su renuncia a iniciar cualquier acción futura al respecto. De este modo, se trata de una iniciativa que pretende cerrar un tema que, independiente del nivel de sustento que tenga, ha afectado las relaciones de los sucesivos gobiernos con el gremio docente.

El costo de esta iniciativa es de $270 millones de dólares, aunque dicha cifra estará sujeta al número de personas que finalmente ingresen a la nómina de beneficiarios, pudiendo así incrementarse el gasto. Podrán formar parte de ella los profesores que demuestren haberse encontrado ejerciendo en el periodo en cuestión y que acrediten haber sido traspasados a un municipio, no habiendo recibido la asignación reclamada. El monto de la asignación, así como el costo total del proyecto, distan ampliamente de las pretensiones que a lo largo de los últimos años habían manifestado los reclamantes, lo que no hace más que reforzar la idea de que este es un acuerdo meramente político[5].


[1] Ver, por ejemplo, el informe de la Comisión Especial relativa a las denominadas Deudas Históricas del año 2009.

[2] Ver, por ejemplo, el oficio N°1160 del 15 de noviembre de 2006 de los Ministros de Educación, Hacienda e Interior, respondiendo a la solicitud de la Cámara de Diputados de conformar una comisión investigadora sobre el tema.

[3] Ver, por ejemplo, la Sentencia de la CIDH por el caso “Profesores de Chañaral y otras municipalidades vs. Chile” del 10 de noviembre de 2021.

[4] Éste sometió la iniciativa a la votación de sus miembros a fines del mes de octubre del presente año, quienes la aprobaron por un 82%.

[5] Por ejemplo, en el fallo de la CIDH del año 2021 previamente citado, estos exigían el pago de una indemnización por el “gran sufrimiento de estos y sus familias” por $ 25 mil dólares –alrededor de $20 millones de pesos- más el valor de la deuda original reajustada por IPC y por los intereses calculados a partir de la tasa máxima convencional, lo que llevaba a sumas que en algunos casos superaban los $200 e incluso $300 millones de pesos. Del mismo modo, el Informe de la Comisión Especial relativa a las denominadas Deudas Históricas del año 2009 calculó una deuda de $9.133 millones de dólares.

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