El día miércoles 11 de diciembre, casi al término de la sesión de la Comisión de Obras Públicas de la Cámara de Diputados, se aprobó la idea de legislar correspondiente al boletín Nº16.346-15, que deroga el artículo 114 de la Ley del Tránsito. Dicho artículo establece la obligación de circular con dispositivo de cobro electrónico de peaje en aquellos casos en que el camino público respectivo opere un sistema electrónico de cobro de tarifas o peajes. Es decir, se trata de la ley que autoriza los pagos con TAG.
El proyecto tiene dos problemas fundamentales: el primero, relativo a sus efectos; el segundo, en relación a su fundamentación.
En cuanto a sus efectos, el más grave es que termina con la obligación de los vehículos de circular con dispositivos de cobro de telepeaje cuando este esté implementado. Así, el incentivo natural a los concesionarios es a volver a los peajes manuales, terminándose los sistemas free flow en las autopistas, ya sean urbanas o interurbanas, con los efectos evidentes en el tráfico que ello conlleva.
Sin embargo, es en cuanto a su fundamentación lo que más llama la atención. El proyecto, en un breve razonamiento, cuestiona el modelo de concesiones, las utilidades de las empresas concesionarias y la calidad de servicio que ellas entregan. De esta forma, concluye que “carece de sentido que el Estado se encargue de establecer sanciones para que los usuarios y usuarias sigan manteniendo este sistema abusivo, y es por ello que nace la iniciativa de derogar el artículo 114”.
Es legítimo que se discuta sobre la forma de establecer incentivos a los concesionarios para mejorar la calidad de servicio y los estándares de prestación de servicio. Ello, por cierto, está en manos del MOP mediante los diversos contratos de concesión de obra pública; sin embargo, la moción apunta a un sentido contrario: con la finalidad de castigar al concesionario, que tiene su régimen de prestación del servicio detallado principalmente en contrato de concesión, castiga al usuario, desarticulando la norma que ha permitido un significativo avance en la calidad de servicio de las autopistas concesionadas.
Es de esperar que la iniciativa parlamentaria sea corregida, pues antes que causar una modificación de conducta de las concesionarias o un perjuicio a ellas, terminará generando múltiples problemas a los usuarios y empeorando la prestación de un servicio que, a todas luces, ha ido mejorando sistemáticamente durante el pasar de los años.