La semana pasada fue aprobado con unanimidad y pasó a tercer trámite el proyecto de ley misceláneo de vivienda que facilita la ejecución del Plan de Emergencia Habitacional (PEH)[i] y destraba una serie de elementos que estarían afectando al desarrollo de proyectos habitacionales. A continuación, se detalla cuáles serían las principales medidas que plantea esta iniciativa legal:
- Aspectos Tributarios:
- Crédito Especial a las Empresas Constructoras (CEEC). Permite usar el 100% del CEEC a todos los proyectos que hubiesen solicitado su permiso de edificación antes del 1 de enero de 2023, sin que sea necesario que este permiso este aprobado por la Dirección de Obras Municipales (DOM). Esta iniciativa permite que los proyectos que ingresaron su solicitud a la DOM con anterioridad al 30 de abril de 2023 puedan utilizar el beneficio tributario del CEEC. Adicionalmente, extiende el plazo de vigencia y exime definitivamente el 1 de enero 2027.
- Facilita la donación de terrenos. Deja exentos del trámite de insinuación y de todo tipo de impuestos el traspaso del terreno. Esta iniciativa busca facilitar la ejecución de proyectos para trabajadores en terrenos provistos por la empresa a sindicatos y asociaciones gremiales. A su vez, exime de estos pagos la donación de terrenos para el programa pequeño condominio.
- Facilitar la tramitación de permisos PEH
- Se amplia el uso de normativas urbanísticas especiales para terrenos destinados a la construcción de viviendas de interés público.
- Normas técnicas. Faculta a la DITEC a dictar normas complementarias especiales con el objeto de estandarizar técnicas o tecnologías de las viviendas industrializadas.
- Importantes modificaciones al Sistema de Evaluación de Impacto en Movilidad (SEIM). En el contexto del PEH, permite que las DOM otorguen permisos solo con el comprobante de admisibilidad de ingreso del informe de mitigación de impacto vial al SEIM. La resolución que apruebe el informe de mitigación será exigida para la recepción final o parcial de la obra, debiendo verificarse la ejecución de garantía de las obras aprobadas.
- Rol de los informes[ii] emitidos por los revisores independientes de obras de edificación y revisores de cálculo estructural. Será facultativo para el SERVIU evaluar los contenidos informados por los revisores para calificar los proyectos.
- Da facilidades de pago. Permite que se pague en cuotas reajustables los derechos municipales asociados a subdivisión y urbanización. Deberán pagarse íntegramente antes de la recepción definitiva.
- Otros:
- Permite que los planes comunales de inversión en infraestructura en movilidad y espacio público contemplen recursos adicionales.
- Sustituye la referencia a condominios de viviendas sociales por “viviendas de interés público”. A su vez, reduce los requisitos de la dotación de estacionamientos de un condominio social.
- Posterga al 31 de diciembre 2025 el procedimiento simplificado de regulación de viviendas autoconstruidas.
- En el caso de asentamientos irregulares, el SERVIU podrá autorizar la desafectación y reemplazo de los espacios públicos existentes.
- Se permite que los SERVIU de las regiones de Los Lagos, Tarapacá y Biobío transfieran a título gratuito el dominio de los bienes inmuebles a los SERVIU de las regiones de Los Ríos, Arica y Parinacota y Ñuble.
Comentarios
Esta normativa está avanzando de forma muy rápida y está a punto de ser ley. En relación con las medidas planteadas, es discutible que solo facilite los trámites para las viviendas sociales y no para todo el desarrollo de proyectos en dónde estos mismos procedimientos también traban la generación de proyectos.
A nivel legal, es discutible y arbitrario que esta normativa disponga que la donación de los inmuebles de las empresas sea sólo para sindicatos o asociaciones gremiales, dejando a fuera a una serie de trabajadores que no pueden verse beneficiados de este beneficio. Si bien en la discusión se señaló que en el próximo llamado de este tipo de proyecto se establecen ciertos mecanismos para que sean incorporados, esto no quedaría recogido en la ley y operaría desde la excepción.
En cuanto al Plan de Emergencia Habitacional, toda medida es necesaria para acelerar su ejecución. Según el último reporte con cifras a febrero de 2023, se observa un avance lento en la entrega de viviendas y solo se han terminado 16,4% de las viviendas comprometidas.
[i] Boletín 15552-14. Modifica diversos cuerpos normativos para adecuarlos al plan de emergencia habitacional y facilitar la ejecución de obras urbanas
[ii] Estos informes dan cuenta del cumplimiento de los requisitos correspondiente al estándar técnico contenido en los reglamentos y llamados, así como los respectivos proyectos de estructuras.