
Así, en octubre del 2020 elegiremos gobernadores regionales. Con la legitimidad de los votos, quienes resulten elegidos querrán avanzar en lo comprometido con el electorado. ¿Con qué facultades o competencias contarán para aquello? Aún no lo sabemos.
La Ley 21.074, llamada a transferir competencias y a fortalecer la regionalización, en rigor nada transfiere, ni garantiza que ello ocurra. Constituye más bien un marco habilitante que permitirá, siempre a voluntad del Presidente y sobre la base de un sistema de evaluación y decisión que dependerá de un reglamento aún desconocido, transferir determinadas competencias a los gobernadores regionales.
¿Qué lógica, secuencia o estrategia inspirará tales transferencias? ¿Existirá voluntad por parte de quien, de facto, perderá poder en el proceso? ¿Cómo evitar que prevalezcan las transferencias arbitrarias -más dependientes de la afinidad política entre gobernadores regionales y La Moneda- que parámetros objetivos que resulten de un programa lógico y secuencial de descentralización?
Los riesgos de arbitrariedad y de consecuente conflicto no se agotan con el traspaso de competencias. A falta de capacidad de endeudamiento y de generación de ingresos propios, los gobiernos regionales dependerán exclusivamente de los recursos que les transfiera el gobierno central. Así ha sido siempre, pero ahora habrá un cambio fundamental: el color político del gobierno regional no coincidirá necesariamente con el del gobierno central. Para evitar arbitrariedades y sesgos políticos en la asignación de recursos, entonces, se requiere reforzar la predictibilidad, objetividad y transparencia de las transferencias a regiones.
Adicionalmente, la evidencia de países de la región revela que una descentralización mal conducida genera riesgos relevantes de corrupción. En Perú, por ejemplo, están procesados actualmente más de 50 exgobernadores regionales y seis ya han sido condenados.
Un proceso de descentralización bien diseñado no tiene por qué facilitar la corrupción. Pero un proceso mal conducido, marcado por la discrecionalidad o el conflicto, y sin una planificación u horizontes predecibles, poco ayuda a la instalación oportuna de los sistemas de control legal y social que pueden mitigar ese riesgo. Las medidas anticorrupción deben ser idóneas y pertinentes. Ellas solo se pueden identificar y aplicar con razonable eficacia si se conocen oportunamente las competencias y facultades que ejercerán los gobiernos regionales y el calendario de ese traspaso.
Aún hay tiempo para corregir la normativa y garantizar un proceso ordenado, objetivo y responsable de traspaso de competencias a los nuevos gobiernos regionales. Ello permitirá dotar a las nuevas autoridades de potestades consistentes con las expectativas que despierta su elección directa. En paralelo, se podrán identificar con precisión las formas de control legal y social que contribuyan a preservar la integridad y probidad en los gobiernos regionales.
Aún hay tiempo... pero no queda mucho. Tenemos la oportunidad de implementar un proceso de descentralización acorde con los desafíos y demandas que tiene hoy el país. No la desperdiciemos.
Carta de seis firmantes publicada en El Mercurio: Luis Cordero, Eduardo Engel, Alejandro Ferreiro, Andrea Repetto, Susana Sierra y la Subdirectora de Políticas Publicas de LyD, Bettina Horst.