
Se trata de un desincentivo al fraude, pero si se produjere ese ilícito, no habría forma de anular alguno de los dos votos, y ambos serían válidos para el cómputo. La sanción sería materia de investigación y un juicio cuya sentencia no tendría efecto alguno en el resultado de la elección.
Lo más objetable de la forma como se pretende solucionar el problema, es que la información sobre la alteración del padrón electoral es conocida por las autoridades desde un mes a lo menos, y solo a seis días de la elección intentan aprobar una ley con discusión inmediata, esto decir, sin el debido estudio de los antecedentes y debate pertinente. Veremos qué sucede cuando se ingrese el proyecto al Congreso Nacional.
Pablo Kangiser, abogado del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo.-