El Servicio Electoral (Servel) ha informado, mediante un manual de propaganda electoral, acerca de las disposiciones específicas en materia de control de propaganda para el ciclo eleccionario municipal de 2016. En este instructivo se estipulan los procedimientos, definiciones, periodos y resoluciones para la aplicación específica de la norma.
Si bien el texto legal 
Al respecto, el Servel prohíbe realizar propaganda electoral a través de redes sociales como Facebook, Twitter y WhatsApp, entre otras. Se trata de una disposición anacrónica que limita la utilización de plataformas y medios electrónicos y que parece un sinsentido, atendiendo a la nula capacidad de enforcement que tendrá el Servicio para hacer efectivo el cumplimiento de esta norma. ¿Intervendrán las comunicaciones privadas de WhatsApp? ¿Darán forma a ciberpolicías tuiteras?
Lo anterior se suma a las dudas respecto de la constitucionalidad del instructivo, al coartar la libertad de expresión e interferir potencialmente en las comunicaciones privadas.
En momentos en que el descrédito político e institucional abunda y fenómenos como la abstención y la renovación de los elencos partidarios nos preocupan a todos, se necesitan medidas que fomenten la participación, promuevan un debate político informado y faciliten la competencia. Disposiciones absurdas, como la comentada, solo contribuyen a empantanar aún más la calidad de nuestra actividad política.
Carta al Director de Jorge Ramírez, Coordinador del Programa Sociedad y Política de LyD, y Francisco López, Coordinador del Programa Legislativo de LyD, en El Mercurio.-