
Este cambio legislativo tuvo su origen en razones más bien ideológicas que prácticas, donde lo que se quiso fue instaurar un poder casi monopólico de los sindicatos para negociar colectivamente y representar los intereses de los trabajadores.
Con el pronunciamiento del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional la titularidad sindical, el proyecto perdió su principio rector, sin que el Ejecutivo mediante veto u otras alternativas legislativas hubiere enmendado los vicios declarados, ajustando la nueva normativa a la Constitución, mediante el reconocimiento explícito de los trabajadores para negociar colectivamente bien sea bajo la forma de sindicatos o como grupo negociador.
Esta nueva ley, conjuntamente con prohibir el reemplazo en la huelga y establecer que la extensión de beneficios tanto para sindicalizados como para los que no lo están debe ser siempre de común acuerdo entre empleador y sindicato, desperdició una oportunidad única para realizar los cambios que el mundo del trabajo necesita mediante mecanismos que estimulen la capacitación y la productividad, la adaptabilidad laboral que se requiere en las pymes y para insertar a los jóvenes y mujeres al trabajo, entre otras cosas.
En momentos como los actuales en que la situación económica está en franca depresión y que ya se sienten sus consecuencias en el desempleo y la informalidad laboral, la aprobación de esta ley deja un gusto amargo, toda vez que queda en evidencia que el Ejecutivo prefirió comprar consignas e ideologías de algunos por sobre las necesidades e intereses de todos trabajadores que tanto requieren de una buena legislación laboral que favorezca el empleo, la productividad y las condiciones de trabajo.
Sergio Morales, abogado del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo.-