La Ley N° 21.368 o conocida como “Ley PUSU”, promulgada en 2021, tiene como objetivo reducir la generación de residuos plásticos y promover prácticas más sustentables en la entrega de productos en establecimientos de expendio de alimentos. Para ello, establece reglas estrictas que limitan —y en algunos casos prohíben de forma absoluta— la entrega de productos de un solo uso, como vasos, cubiertos, envases y otros elementos similares, sin importar su material o si son entregados gratuitamente.
La normativa distingue entre consumo de alimentos dentro y fuera del establecimiento. En el primer caso, prohíbe completamente la entrega de cualquier producto de un solo uso. En el segundo, solo permite la entrega de productos desechables si están elaborados con materiales valorizables distintos del plástico o si se trata de plásticos certificados por el Ministerio del Medio Ambiente, conforme a un reglamento aún pendiente de dictarse.
Atrasos y ajustes: La ley aún no entra en vigencia plena
Originalmente, las disposiciones centrales de la ley debían comenzar a regir en agosto de 2024. Sin embargo, debido a que el reglamento —clave para su implementación— no fue dictado en los plazos previstos, el Congreso se vio obligado a aprobar una ley (N° 21.691) que prorrogó la entrada en vigencia de aquellas disposiciones centrales hasta febrero de 2026. A la fecha, dicho reglamento sigue sin publicarse y tampoco se registra en el listado de reglamentos en tramitación en Contraloría.
Esta situación ha generado una profunda incertidumbre entre los regulados, quienes no cuentan con parámetros claros para adecuarse a las nuevas exigencias, ni certeza sobre el alcance efectivo de las prohibiciones.
Una moción en la Cámara que intenta corregir el rumbo
En este contexto, la Sala de la Cámara está próxima a revisar una moción impulsada por un grupo de diputados (boletín N° 17.547-12)[1], que busca introducir una excepción a la prohibición general de entrega de productos de un solo uso, específicamente en casos donde el consumo de alimentos se realiza dentro del establecimiento. La propuesta original permitía entregar ciertos productos —como servilletas e individuales— cuando estén elaborados con materiales reciclables o reutilizables, como cartón o papel.
Lamentablemente, la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara rechazó el corazón del proyecto, desaprovechando la oportunidad de ajustar la norma con criterios de proporcionalidad y operatividad. En ese sentido, debiera evaluarse la reincorporación de estas excepciones, con el fin de adoptar un enfoque más flexible que promueva alternativas sustentables, sin imponer cargas desproporcionadas a los establecimientos y locales de comida.
Sí se aprobó, en cambio, una precisión al concepto de “consumo fuera del establecimiento”, para incluir eventos no permanentes —como fiestas costumbristas o conciertos—, siempre que se asegure la valorización de los residuos generados. Si bien esta modificación entrega mayor flexibilidad para la operación de actividades masivas frecuentes en el país, también plantea dudas desde el punto de vista de la técnica legislativa, al incorporar condiciones materiales dentro de una definición legal.
Otras iniciativas en el Senado: una señal del problema estructural
En el Senado, por su parte, se han presentado al menos tres proyectos de ley que también buscan introducir mayor flexibilidad en la aplicación de la norma, aunque ninguno ha tenido algún grado de avance significativo en su tramitación. Una primera moción (boletín N° 17.421-12)[2] propone aplicar al consumo interno el mismo estándar que hoy rige para el consumo fuera del local. Es decir, permitir la entrega de productos elaborados con materiales valorizables, biodegradables o reciclables, siempre que puedan ser recuperados o reutilizados.
Un segundo proyecto (boletín N° 15.760-12)[3] pretende eliminar las restricciones para entregar productos de un solo uso dentro del establecimiento, siempre que estos estén compuestos de materiales reciclables, biodegradables o compostables. Además, incorpora nuevas obligaciones de trazabilidad, como la entrega de una memoria anual ambiental y la ejecución de acciones de sensibilización dirigidas a los consumidores.
Finalmente, el proyecto (boletín 17.743-12)[4], pretende autorizar de forma expresa la entrega de productos de madera, papel o cartón que cuenten con certificación de biodegradabilidad. Para ello, se establece como requisito que tales productos cumplan con normas técnicas de certificación reconocidas.
Estas mociones reflejan una preocupación transversal frente a los problemas estructurales que presenta la Ley N° 21.368, particularmente por su aplicación inflexible y carente de matices.
Opinión
La Ley de plásticos de un solo uso enfrenta serias dificultades en su implementación, derivadas de un diseño normativo rígido y carente de gradualidad. Según el abogado Simón Pinto, del Programa Legislativo de LyD, “la imposición de prohibiciones absolutas, como la entrega de productos de un solo uso, sin considerar diferencias entre materiales o condiciones operativas de los establecimientos de alimentos, ha generado incertidumbre regulatoria que, una vez que entren plenamente en vigor sus normas, probablemente se traducirá en costos desproporcionados y dificultades técnicas para los sectores involucrados, especialmente en el rubro gastronómico”.
Además, agrega que “la falta de reglamento y de claridad normativa obliga a que muchos establecimientos deban asumir como única salida la implementación de vajilla reutilizable, una opción que no está legalmente impuesta, pero que implica elevados costos en infraestructura, logística y contratación de servicios. Esto impacta especialmente a las pymes del sector, y vuelve urgente considerar márgenes de flexibilidad o adecuaciones sectoriales”.
Respecto a la moción que revisará el pleno de la Cámara, Pinto subraya que “la Comisión de Medio Ambiente perdió la oportunidad . La moción original, junto con otras propuestas, ofrecían un enfoque razonable para equilibrar los objetivos ambientales de la ley con su aplicación práctica. Es fundamental reevaluar estas propuestas y avanzar hacia una normativa que combine proporcionalidad, claridad técnica y sustentabilidad operativa”.
[1] Autores: diputados Sara Concha, Eduardo Cornejo, José Carlos Meza y Hugo Rey.
[2] Autores: senadores Francisco Chahuán, Sergio Gahona y José Miguel Durana.
[3] Autores: senadores José Miguel Durana y Paulina Nuñez.
[4] Autores: senadores Juan Antonio Coloma, Sergio Gahona, Rodrigo Galilea, Ximena Rincón y Paulina Vodanovic.