La imposibilidad de aplicar el reajuste de precios establecido por la Ley 21.350, aprobada unánimemente el año pasado, y la obligación de devolver lo cobrado durante junio y julio a todos los afiliados del sistema de isapres. Esas son las consecuencias del fallo que ayer la Corte Suprema que vuelve a golpear al sistema de seguros privados de salud, en medio de las dificultades financieras que enfrentan.
El fallo calificó como “arbitrarias” las alzas de los seguros de salud, pese a que la mencionada ley establece que la Superintendencia de Salud es quien definirá el límite máximo del reajuste. Para evitar nuevas judicializaciones, algo que el mismo presidente de la Corte Suprema había solicitado el año pasado por la gran cantidad de recursos de protección asociados a este tipo de causas, el Congreso estableció que “el índice de variación porcentual así fijado se entenderá justificado para todos los efectos legales”.
Pese a ello, la Suprema consideró que las Isapres no habían justificado adecuadamente el alza ante los afiliados, pero esa obligación no quedó establecida en la ley. Cada Isapre justificó a sus afiliados de manera diferente las razones del alza, pero ninguna fue satisfactoria para la Corte.
Según el Director de Políticas Públicas de LyD, Pablo Eguiguren, esto genera un precedente complejo para el futuro de la industria, ya que abre la puerta para discrecionalidad -¿qué motivos y bajo qué condiciones un alza es justificada?- y abre la puerta a que en el futuro hayan judicializaciones antes nuevas alzas, justamente lo que La ley 21.350 buscaba terminar.
De este modo, explica Eguiguren, “no se resuelve la incerteza jurídica de una industria que actualmente opera a pérdida, como reconoció esta semana el propio Superintendente ante la comisión de Salud del Senado, y pone en riesgo la cobertura que hoy reciben 3,2 millones de afiliados”.
“A estas alturas, nadie discute que nuestro sistema de seguros de salud requiere reformas. Los esfuerzos legislativos por cambiarlo han tardado demasiado y los que recientemente se han acordado, la Corte Suprema los dejó sin efecto. Esto deja a la industria en una incertidumbre tal que no es descartable que alguno de los actores decida bajar la cortina. Más cuando tanto el borrador de la propuesta constitucional, como el programa de gobierno explícitamente terminan con la libre elección del seguro de salud para los chilenos”, enfatiza.