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AGUAS EN EL BORRADOR DE PROPUESTA CONSTITUCIONAL

El borrador de propuesta de nueva Constitución contiene normas que generan incertezas que afectarán de manera significativa la inversión en el país, y, en consecuencia, el desarrollo económico y humano. Al respecto, preocupa especialmente la regulación otorgada en materia de aguas donde se cambia el estatuto constitucional del agua. Esto, en la práctica, se traduce en la derogación del recientemente reformado Código de Aguas. Así, la propuesta establece que las autorizaciones de uso de agua serán otorgadas por la Agencia Nacional de Aguas, las que serán de carácter incomerciable, y concedidas basándose en la disponibilidad efectiva de las aguas, y obligarán al titular al uso que justifica su otorgamiento.

La propuesta cambia radicalmente la forma en que se otorga el recurso hídrico, por lo que, en caso de aprobarse, sería contradictoria con el recientemente reformado Código de Aguas. Las normas propuestas eliminan los derechos de aprovechamiento de aguas y establecen que el uso del recurso hídrico se otorgará mediante autorizaciones administrativas que serán incomerciables, inapropiables y revocables.

En esta línea, es especialmente preocupante la norma transitoria, ya aprobada por el Pleno que establece que, desde la entrada en vigencia de la eventual nueva Constitución, todos los derechos de aprovechamiento de aguas otorgados con anterioridad se considerarán como autorizaciones de uso de agua. Con esta norma, se vulnera el dominio que tienen los titulares sobre los derechos de aprovechamiento de agua vigentes, transformándolos en permisos administrativos de uso, precarizando los derechos adquiridos por agricultores, consumidores, mineras, sanitarias y tantas otras actividades que utilizan este fundamental recurso.

Al respecto, considerando que los titulares de los derechos de aprovechamiento de aguas vigentes tienen derechos adquiridos, toda vez que existe un derecho de propiedad sobre los mismos, podría afirmarse que la propuesta constitucional impone una expropiación regulatoria, que no contempla la indemnización debida para este tipo de actos.

Por su parte, reemplazar a los derechos de aprovechamiento de aguas por autorizaciones de uso incomerciables, inapropiables y revocables, solo precariza el uso del recurso hídrico, afectando a todos los consumidores y a las actividades que utilizan este fundamental recurso, base de la actividad económica nacional. En esta línea, un grupo de expertos en derechos de aguas enviaron una carta a los convencionales alertando las implicancias del estatuto constitucional del recurso hídrico propuesto. En dicho documento señalan que “las normas propuestas generarán un impacto sin precedentes en más de 400 mil usuarios de agua y sobre actividades que concentran más del 80% de las exportaciones (minerales, agricultura, peces, celulosa y un largo etc.), representando cerca del 30% del PIB. Ello sin mencionar los efectos sobre el financiamiento de cientos de miles de proyectos y actividades, particularmente del sector agrícola e hidroeléctrico, que han obtenido financiamiento bancario pudiendo dar en garantía sus derechos de aprovechamiento de aguas”[1].

 

[1] EYN. (11 de junio de 2022). “Grupo transversal especialista en derechos de agua alerta por nuevo estatuto constitucional”. El Mercurio.

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