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NUEVA LEY DE CONTROL DE ARMAS

El pasado 13 de enero, el Ejecutivo, luego de 14 años de tramitación y discusión en el Congreso Nacional, promulgó la nueva Ley de Control de Armas, una iniciativa a través de la cual se busca fiscalizar y perseguir el mal uso de armas de fuego, dando más seguridad a las familias chilenas[1].

Debido el crecimiento de la violencia en las calles reflejado en el aumento de la tasa de homicidios en los últimos cinco años en el país y del uso de armas de fuego en ellos[2], el mayor control es, en términos generales, una necesidad. La actualización de los registros de armas y mejoras en la trazabilidad de las mismas, las mayores facultades a las policías para la investigación de delitos asociados y el aumento de las sanciones para efectos de disuadir situaciones que pueden derivar en delitos son medidas mínimas que este proyecto viene a resolver. Ahora bien, no se agota con ellas el control de la delincuencia armada pero es un avance en buscar soluciones a uno de los problemas que más preocupa a la ciudadanía[3].

 

Ejes de la nueva Ley de Control de Armas

 

  1. Mayores requisitos para la tenencia de armas y mejoras en la trazabilidad

La iniciativa establece mayores estándares y requisitos para la adquisición de armas, tales como la exigencia de realzar un curso especializado de uso de armas y la certificación de un médico psiquiatra. Así también, se establecen obligaciones a las personas dedicadas a dar dichos cursos o capacitaciones de informar a la Dirección General de Movilización Nacional respecto a quienes asistan a dichos cursos, se certifiquen y obtengan dichos títulos.

Además, se establecen limitaciones a la inscripción de armas por parte de personas jurídicas, estableciéndose específicamente las que pueden hacerlo, como las federaciones deportivas y las destinas a impartir prácticas de tiro, con límites máximos de número de armas. También las personas naturales tendrán límites en el número de armas que pueden poseer, dependiendo de la actividad que desarrollen con ellas.

Respecto al ingreso de armas de fuego o municiones al país, se establece que el importador o consignatario deberá informar a la Dirección respecto su origen, lo que incluye al fabricante y a los intermediarios que hubieran tenido el arma antes de su internación. La Dirección, además, antes de autorizar la inscripción de un arma en el Registro Nacional de Inscripciones de Armas, deberá proceder a tomar muestras del efecto del disparo en los proyectiles y casquillos de balas o cartuchos, e incorporar la información a un sistema de identificación balística automatizada. Esto es conocido como “ADN balístico” o “Sistema” Ibis”, por el cual se permite una mejor trazabilidad de las armas a través de huellas balísticas y sus casquillos. Los proyectiles y casquillos de balas o cartuchos obtenidos en investigaciones penales también se someterán a tomas de muestras para incorporar dicha información en los sistemas de identificación balística para fines de análisis criminal o investigadores penales.

 

  1. Actualización de los artefactos prohibidos y aumento de penas

Asimismo, el nuevo texto aumenta el catálogo de artefactos prohibidos, incluyendo silenciadores, dispositivos que convierten armas semiautomáticas en automáticas y las pistolas de fogueo o de juguete adulteradas para utilizar balas. También se aumentan las sanciones a quienes ejerzan el comercio no autorizado de armas, llegando a establecer penas privativas de libertad de hasta 5 años de presidio, como también respecto de quienes entreguen armas a menores o en los casos en que estos las obtengan por imprudencia de sus poseedores. Además, se crean nuevas figuras penales hasta hoy inexistentes, como la adulteración de la trazabilidad de las armas.

Se endurece también la sanción para los casos de no exhibir el arma en caso de fiscalización, procediéndose a la cancelación inmediata del registro, y también haciendo más certero el procedimiento en caso de que el fiscalizado no sea habido.

En caso de pérdida o extravío del arma, por ejemplo, por hurto o robo, se reduce el plazo para comunicar esta circunstancia de 5 días a 48 horas, siendo relevante en cuanto el dueño se hace solidariamente responsable de los efectos civiles de los ilícitos que se hubieren comedido con su arma de no haberlo comunicado.

 

  1. Mejoras en la investigación

Otra de las innovaciones del proyecto aprobado consiste en las mejoras en la fiscalización e investigación de delitos asociados a las infracciones de esta ley. En cuanto a la fiscalización, se incorpora a la PDI en el ejercicio de esta función, hoy solo encomendada a Carabineros y a las Fuerzas Armadas, y se permite mayor fiscalización a polígonos y canchas de tiro, entre otros.

Respecto de la investigación, se disminuyen las restricciones a las policías cuando la diligencia investigativa es encomendada por el Ministerio Público y se autorizan las entregas vigiladas, la interceptación de comunicaciones o el uso de agentes encubiertos, así como medidas especiales de protección de testigos y se incentiva la cooperación eficaz permitiendo que se considere como una circunstancia atenuante.

Por último, se establece un Plan Anual de Fiscalización de Armas de Fuego elaborado por la Dirección General de Movilización Nacional en conjunto con autoridades fiscalizadoras y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, de carácter reservado. Este buscará que la acción de fiscalización sea coordinada, utilizando los datos estadísticos para ello (registros de hurtos, robos, extravíos, ingreso, cifras de delitos cometidos con armas de fuego, georreferenciación) y tendrá indicadores de cumplimiento para evaluar resultados.

 

[1] Infografía “Claves de la Nueva Ley de Control de Armas” compartida por el Subsecretario General de Gobierno Eugenio Aguiló. Disponible en  https://twitter.com/eugenioaguilo/status/1482055896599511044?s=20

[2] Ministerio Público de Chile. “Aumenta tasa de homicidios consumados en Chile y uso de armas de fuego es la primera causa de muerte”. 30 de septiembre de 2021. Disponible en http://www.fiscaliadechile.cl/Fiscalia/sala_prensa/noticias_det.do?id=20166

[3] “Para un 56% de las y los encuestados el principal problema que les afecta es la delincuencia y la inseguridad ciudadana, seguido por un servicio de salud deficiente (36%) y la corrupción política (32%)”. En “Chilenas y chilenos hoy: desafiando los prejuicios, complejizando la discusión: Espacio Público e Ipsos presentan resultados de encuesta anual” 28 de diciembre de 2021. Disponible en https://espaciopublico.cl/desafiando-prejuicios-y-complejizando-la-discusion-espacio-publico-e-ipsos-presentan-resultados-de-su-encuesta-anual/

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