PROYECTO DE LEY DE DELITOS ECONÓMICOS Y AMBIENTALES

Los abogados, Julio Pellegrini y Diego Ramos, de Pellegrini y Rencoret abogados, expusieron en Libertad y Desarrollo sobre el proyecto de ley que sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente, el cual fue despachado en julio por la Cámara de Diputados al Senado, para su segundo trámite constitucional.

En la instancia, los abogados expusieron sobre los principales contenidos y lineamientos del proyecto de ley afirmando que, “el objetivo general del proyecto es sistematizar los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente, modificar diversos cuerpos legales que tipifican delitos contra el orden socioeconómico, y adecuar las penas aplicables a todos ellos”.

Entre las principales modificaciones que introduce el proyecto de ley, los abogados explicaron que “la iniciativa amplía de forma relevante el catálogo de delitos económicos, que contempla casi 200 delitos, divididos en cuatro grupos o categorías”.

Asimismo, en su presentación, los abogados se refirieron a las reformas relativas a las penas aplicables a este tipo de delitos, las cuales apuntan principalmente a establecer un sistema propio de determinación de penas privativas de libertad, que aumente la probabilidad de imposición de penas efectivas de cárcel para quienes cometen este tipo de ilícitos. Así, “las penas centrales del sistema pasan a ser: reclusión parcial domiciliaria, reclusión parcial en establecimiento especial y cárcel efectiva”. En la misma línea, la iniciativa hace adecuaciones a las penas sustitutivas, excluyendo derechamente para este tipo de delitos la libertad vigilada, y restringiéndola la pena sustitutiva de remisión condicional.

Un aspecto novedoso del proyecto de ley es que introduce el sistema de días-multa, que se gradúa considerando los ingresos (promedio) que produce una persona en un día, siendo entonces el sistema sensible a las diferencias económicas entre condenados.

Adicionalmente, los abogados se refirieron a la ampliación del alcance de personas jurídicas penalmente responsables y la introducción de una nueva medida cautelar y/o condición de una suspensión condicional del procedimiento o de pena, cual es la supervisión de la persona jurídica; a la incorporación de una regulación relativa al comiso de ganancias; a la incorporación de un nuevo título en el Código Penal relativos a los delitos o atentados en contra del medio ambiente; y a las modificaciones relativas a la titularidad de la acción penal, entre otras cosas.

En particular, respecto a las modificaciones sugeridas al ejercicio de la acción penal, los abogados hicieron énfasis en tres normas:

  • La modificación al DL 211, que fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia, que establece investigación y querella obligatoria por parte de la Fiscalía Nacional Económica cuando el acuerdo colusorio haya recaído sobre bienes de primera necesidad.
  • Respecto de los delitos tributarios, el proyecto de ley “permite ejercicio de acción penal a Ministerio Público en caso que investigando delitos comunes tome conocimiento de hechos que puedan ser constitutivos de delitos tributarios, en que la cuantía del impuesto exceda de 30 UTA”.
  • Modificación a la Ordenanza de Aduanas, en virtud de la cual el Ministerio Público informará al Servicio Nacional de Aduanas, a la brevedad posible, los antecedentes de que tomaré conocimiento con ocasión de las investigaciones de delitos comunes y que pudieren relacionarse con el delito de contrabando.

Finalmente, en la instancia se dio lugar a un espacio de conversación, donde se plantearon algunas inquietudes y posibles riesgos del proyecto de ley y la importancia de una revisión más profunda y detallada del mismo en el Senado.

 

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