Educación: no hay razones para celebrar

Voces La Tercera

El Ministerio de Educación (Mineduc) informó esta semana sobre mÔs de 700 establecimientos educacionales que el próximo año dejarÔn de cobrar un copago a las familias producto de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.845, que entre otras cosas, establece su término gradual. A raíz de esta noticia, desde el gobierno salieron a celebrar que las consecuencias negativas que se esperan de dicha reforma no serían tales. Lo cierto es que todavía es muy pronto y no vemos razones para que el Ejecutivo celebre.

Primero, porque la mayoría (si no todos) esos establecimientos que abandonarÔn el financiamiento compartido ya estÔn suscritos a la Subvención Escolar Preferencial (SEP), de manera que la mitad de sus alumnos, que según nuestras estimaciones serían calificados como prioritarios, estÔn hoy exentos de cualquier cobro. Adicionalmente, el copago mensual de dichos establecimientos sería en promedio de $ 7 mil mensuales (y la mitad de ellos cobraría hoy menos de $ 5.500), de tal forma que no parece que se tratase de colegios que estuviesen fuera del alcance de las familias. Peor aún, la eliminación del copago no ayudarÔ a que algo mejore en estos colegios:sólo habrÔ una sustitución de recursos privados por públicos, sin embargo, la disponibilidad efectiva para el gasto se mantendrÔ inalterada.

Mejor celebremos cuando de verdad se produzcan avances hacia la mejora de los aprendizajes de los alumnos. Porque lamentablemente, dado que el próximo año entran en vigencia otras de las normas que no en el corto plazo, sino que a medida que avancen los años, consideramos serÔn perjudiciales para la evolución del sistema escolar, nuestras expectativas de que esos avances ocurran son bajas.

El 2016 entra en vigencia la restricción en cuanto a que el uso de los recursos por parte de las escuelas se limite a una lista de fines educativos dictada por la ley. Si bien todavía no se conoce el reglamento que detallarÔ dicho listado, es claro que esto atentarÔ contra el progreso del sistema escolar, estancÔndolo a los tiempos modernizadores del Estado. Peor aún, la nueva ley crea barreras a la entrada de nuevos actores que quieran aportar en educación, pues se prohíbe la creación de nuevos establecimientos subvencionados, excepto en los casos en que el Mineduc considere que no hay cupos suficientes en otro establecimiento del territorio.

Los demÔs cambios tendrÔn una implementación muy gradual. La exigencia de que el sostenedor educacional sea una persona jurídica sin fines de lucro recién comenzarÔ a regir desde diciembre de 2017, y la de ser dueño del inmueble se materializarÔ el 2019 o a fines de 2020 (dependiendo de si el sostenedor es ya una persona jurídica sin fines de lucro o si deberÔ transformarse). Del mismo modo, el plazo para que quienes tienen contrato vigente de arriendo puedan mantenerlo vence en seis años mÔs y el nuevo sistema centralizado de admisión ni siquiera tiene fecha exacta de partida, pues depende de un decreto que aún no ha sido dictado por la Presidenta.

Así, la implementación de esta ley serÔ lenta y sus consecuencias recién se verÔn con el paso de varios años, cuando los cambios mÔs complejos vayan haciéndose obligatorios, y los directores y sostenedores deban adaptarse a la mayor burocracia que los distraerÔ de sus labores relacionadas con el mejoramiento educativo, y cuando las barreras a la entrada y al aporte de nuevos talentos a la educación surtan efecto. Si bien es entendible que una reforma de esta envergadura se realice de forma paulatina, esto también contribuirÔ a que sus efectos se diluyan en el tiempo. Y a que los responsables pasen inadvertidos. Lo que sí es claro es que la celebración del gobierno es tan injustificada como anticipada.

Columna de MarĆ­a Paz Arzola, investigadora del Programa Social de LyD, publicada en Voces de La Tercera.-

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