Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

LEY ANTITERRORISTA: MIRADA INTEGRAL

Pulso

REPRODUCIMOS LA COLUMNA DE JOSÉ FRANCISCO GARCÍA, COORDINADOR DE POLÍTICAS PÚBLICAS DE LYD, PUBLICADA EN PULSO.

Hace algunos meses el Gobierno anunció una suerte de “desarme unilateral” en materia jurídica al fijar como política el que no se invocaría la Ley Antiterrorista durante la actual administración, con particular énfasis respecto de los procesos judiciales penales relacionados con la violencia en La Araucanía. Ya sea por razones de opinión pública, por el fiasco del caso “bombas” –que terminó sin condenados, pero en donde dos de los imputados principales terminaron siendo condenados en España por un delito de similar naturaleza–,  o por simple pragmatismo, la Ley Antiterrorista fue invocada en la querella del Ministerio de Interior y Seguridad Pública en el caso de la explosión de un artefacto en el metro.

Tiene razón el Ministro de Interior y Seguridad Pública, cambiando la posición del gobierno inicial, de que la Ley Antiterrorista debe ser invocada de acuerdo al mérito de los hechos, esto es, cuando se estime puedan ser constitutivos de un delito terrorista; una posición contraria, sea invocarla a todo evento o nunca, o bien realizando distinciones geográficas para su aplicación, no parece una posición sensata.

La existencia de una discusión pública en torno al perfeccionamiento de la Ley Antiterrorista, la conformación de grupos de expertos que estén analizando perfeccionamientos deben apuntar entonces a tener una mirada integral en esta materia, lo que debe llevar entonces a mejorar la Ley 18.317 de conductas terroristas, fortalecer las capacidades institucionales de la ANI, el Ministerio Público y las policías, la posición de las víctimas de estos delitos, entre otros.

Tags:

otras publicaciones

Diario Financiero

La Tercera