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MARÍA TERESA MUÑOZ: «HABLEMOS EN SERIO»

A CONTINUACIÓN, REPRODUCIMOS LA COLUMNA DE MARÍA TERESA MUÑOZ, INVESTIGADORA DEL PROGRAMA LEGISLATIVO DE LYD.

Considerando que el Gobierno ha llamado a "hablar en serio" en torno a la Reforma Tributaria, sería interesante aplicar esta misma exigencia al debate legislativo que se está llevando.

En este sentido, se han hecho presentes importantes puntos, y a modo de ejemplo menciono tres. El primero, la excepción a grabar con impuesto a la renta a las ganancias de capital por la enajenación de bienes raíces, cuando se trate del único bien raíz, en que vive la familia y entonces la ganancia no tributa hasta las 8.000 UF. De la redacción de la norma propuesta se entiende que, por decir la palabra "único", dará lo mismo el valor de la ganancia o si vive o no la familia en ella, si es que la persona tiene dos casas o más, aunque sean muy pequeñas. Al decir “único”, por tener más de un bien raíz, aunque venda el que le sirve de casa habitación, deberá pagar impuesto a la renta. Consultado el Ministro dijo que “no era la intención”, pero no estuvo de acuerdo en eliminar la palabra "único". Hablemos en serio: si esa no es la idea, eliminemos la palabra "único" de la redacción del nuevo mineral 8 letra b) que se propone al artículo 17 de la ley de Impuesto a la Renta.

Un segundo ejemplo se refriere a la afirmación que ha circulado las últimas semanas diciendo que a las AFP se les va a devolver el 10% de retención. Esta afirmación no aparece respaldada en el proyecto original ni en las indicaciones que se han introducido. A esto se agrega el efecto que recaerá en las AFP, y por ende las pensiones de todos los chilenos, ante las dificultades que seguramente se originaran en la retención y crédito por dicho 10% frente a los innumerables cambios de mano de las acciones que se transan en bolsa. Hablemos en serio, si no se quiere perjudicar a las AFP, que se introduzca una modificación en ese sentido y que no sólo permita recuperar el 10% de retención, sino que además corrija la injusticia tributaria en virtud de la cual hoy no pueden hacer uso del crédito de primera categoría.

Un tercer caso dice relación con el impuesto único de 35% (en vez del 10% que se aplicará a los fondos de inversión y mutuos) con que se estaría grabando a los fondos de inversión privados (FIP). El que sea un impuesto de carácter único, significa que no tiene derecho a crédito, con lo que se estaría perjudicando y a la vez desincentivando este tipo de inversión para todas aquellas personas naturales que se encuentren bajo la tasa marginal de 35%. El ministerio también afirmó que esa no es la idea y  que si pueden aprovechar el crédito, sin embargo eso no es lo que dice el proyecto. Hablemos en serio y que se introduzca una modificación en este sentido.

Si el Gobierno va a iniciar una campaña publicitaria acusando que la oposición a la reforma -que aclaremos ha tenido muchos exponentes de la Concertación- está desinformando, entonces apliquemos la misma regla para el Ejecutivo. Esta debe dejar de ser una campaña de slogans ideológicos para tramitar una reforma esencialmente técnica. Las afirmaciones deben estar respaldadas por evidencia, de la misma manera que si reconocen que lo que dice la redacción del proyecto de ley “no es la intención”, deben corregirlo a través de indicaciones.

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