Los Consejos Regionales tienen por finalidad hacer efectiva la participaciĂłn de la comunidad regional en la adopciĂłn de aquellas decisiones que tengan una directa relaciĂłn con el desarrollo social, cultural y econĂłmico de las regiones cuidando la equidad y armonĂa asĂ como la congruencia entre polĂticas y planes regionales con las polĂticas y planes nacionales.
1.           Aprobar el reglamento que regule su funcionamiento y las diversas comisiones de trabajo;
2.           Aprobar los reglamentos regionales;
3.           Aprobar los planes regionales de desarrollo urbano, los planes reguladores metropolitanos y los planes reguladores intercomunales propuestos por el MINVU.
4.           Aprobar, modificar o sustituir el plan de desarrollo de la región y el proyecto de presupuesto regional, asà como sus respectivas modificaciones, sobre la base de la proposición del intendente;
5.           Resolver, sobre la base de la propuesta del intendente, la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que correspondan a la región, de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional y de los recursos propios que el Gobierno Regional.
6.           Aprobar, sobre la base de la proposición del intendente, los convenios de programación que el gobierno regional celebre;
7.           Fiscalizar el desempeño del intendente regional en su calidad de presidente del consejo y de órgano ejecutivo del mismo, como también el de las unidades que de él dependan.
8.           Dar su acuerdo al intendente para enajenar o gravar bienes raĂces que formen parte del patrimonio del gobierno regional y respecto de los demás actos de administraciĂłn en que lo exijan las disposiciones legales, incluido el otorgamiento de concesiones;
9.           Emitir opiniĂłn respecto de las proposiciones de modificaciĂłn a la divisiĂłn polĂtica y administrativa de la regiĂłn que formule el gobierno nacional, y otras que le sean solicitadas por los Poderes del Estado.