Hoy entró en vigencia la Ley de Constitución Simplificada de Sociedades y la operatividad del nuevo registro electrónico de sociedades, cuya administración corresponde al Ministerio de Economía.
Daniel Montalva, abogado del Programa Legislativo de LyD, asegura que es un enorme avance en el apoyo al emprendimiento, ya que permite la creación, modificación y terminación de cierto tipo de sociedades digitalmente reduciéndose así los plazos que demoran estos trámites, así como los costos asociados. También permite obtener en forma automática RUT y solicitar de inmediato Inicio de Actividades.
Las sociedades que pueden crearse o migrar a este nuevo sistema son: a) La Sociedad de Responsabilidad Limitada, desde la implementación del sistema que comenzó a operar hoy; b) A partir del mes de noviembre del año en curso la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada; c) a partir de julio de 2014, la Sociedad por Acciones; d) La Sociedad Colectiva Comercial, la Sociedad en Comandita Simple y la Sociedad en Comandita por Acciones a partir de julio de 2015; y e) La Sociedad Anónima Cerrada y la Sociedad Anónima de Garantía Recíproca desde el mes de julio de 2016.
Para esto, se creó un registro digital cuya administración está a cargo del Ministerio de Economía alojado en el sitio www.registrosociedades.cl, en el cual se podrá realizar todo tipo de actuaciones que digan relación con una persona jurídica, desde su creación hasta su terminación, entre las que se encuentran las fusiones, modificaciones, transformaciones y divisiones entre otras.
Lo único que se requiere para ello es tener firma electrónica avanzada -en esencia se trata de un software incluido en un dispositivo de almacenamiento externo USB que se conecta a un computador luego de lo cual se solicita la verificación de la identidad del titular mediante una clave, lo que permite suscribir un documento digital- para así obviar los trámites ante notarios y conservadores. Incluso más, en caso de no contar con firma electrónica avanzada, no desee hacer uso de ella, o cuando sea una persona jurídica o concurra a la suscripción del formulario representado, puede suscribirse ante un notario.
En definitiva se trata de una gran iniciativa ya que acerca las nuevas tecnologías al emprendimiento, reduciendo en gran medida las cargas de una persona que quiere comenzar una empresa.