Ingresó recientemente al Congreso Nacional el proyecto de ley que modifica la Ley de Partidos Políticos. Entre otras materias, amplía las actividades propias de los partidos; facilita su constitución y perfecciona reglas en materia de disolución; regula con mayor intensidad la tramitación de las solicitudes de afiliación a la vez que introduce la figura del adherente; modifica algunas cuestiones vinculadas a las estructuras de los partidos; fortalece la democracia interna; incrementa la transparencia; establece un catalogo de derechos y deberes más extenso de los afiliados; y establece un sistema de controles, sanciones y recursos para hacer efectivos los derechos de los militantes, las normas sobre democracia interna, obligaciones de publicidad y el respeto por la legalidad.
Constanza Hube, investigadora del Programa Legislativo de LyD, asegura que se trata de una iniciativa que en términos generales es correcta, al buscar aumentar los niveles de transparencia y legitimidad de nuestro sistema político. Tiene el potencial de generar una cultura de democracia interna, a partir del fortalecimiento de las estructuras internas, tanto a nivel central, como regional.
En relación con el fortalecimiento de la democracia interna, una gran innovación es la posibilidad de contemplar la figura de los adherentes, la que deberá regularse en sus estatutos, en los que se fijarán sus derechos y deberes. Junto con lo anterior, se incorpora la Comisión Política entre los órganos con que los partidos deberán necesariamente contar, de modo que la directiva nacional cuente con un control más efectivo y permanente. Otra innovación que resalta es que los órganos representativos regionales podrán abarcar, ya sea una región o una circunscripción en aquellas regiones en que exista más de una.
Con respecto a la transparencia y credibilidad de los procesos eleccionarios internos, se entrega al Tribunal Supremo la competencia para realizar el escrutinio de las elecciones internas, como también para pronunciarse sobre las reclamaciones que se formulen en relación a éstas, de todo lo cual podrá recurrirse ante el Tribunal Calificador de Elecciones. Además se incluye un nuevo título en el cual se regulan tanto aspectos de transparencia activa como pasiva.
Bajo este contexto, y sin perjuicio de los perfeccionamientos que se introduzcan en su tramitación legislativa, se trata de una modernización necesaria, sobre todo considerando los bajos niveles de aprobación que tienen los partidos ante la opinión pública.