QUÉ HAY QUE SABER SOBRE EL PROYECTO QUE BUSCA AUMENTAR LA PARTICIPACIÓN FEMENINA EN POLÍTICA

En el marco del Día Internacional de la Mujer, el Gobierno ha firmado y estaría presentando dentro de los próximos días un proyecto de ley que busca aumentar la participación femenina en política en Chile. Este responde a uno de los objetivos planteados en el programa de Gobierno del Presidente Piñera, en búsqueda de una democracia más participativa e inclusiva.
Para María Teresa Muñoz, abogado del Programa Legislativo, el diagnóstico en que se basaría el proyecto es cierto. Si bien la participación de la mujer en cargos públicos en la historia de Chile ha experimentado una tendencia al alza, al compararla con los promedios mundiales sigue siendo baja. De ahí que resulte interesante analizar medidas que puedan contribuir a elevar estos índices, valorando el aporte que representa una mayor participación femenina, pero teniendo cuidado de no caer en medidas de discriminación positiva que finalmente provoquen mayores inequidades, discriminaciones y que, por lo demás, no estén alineadas con el que debiese ser el objetivo principal: que quienes ejerzan estos cargos sean personas idóneas y los más capacitados.
En Chile, desde el año 2004, la Ley 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, regula tanto los ingresos como los gastos de los candidatos a elección popular, estableciendo la cantidad exacta de recursos públicos que será entregada a cada partido, con el objeto que los candidatos compitan con un piso mínimo de igualdad de condiciones. Así, se establece un monto máximo por voto financiado por el Estado de 0,045 UF ($1.028), del cual se otorga 0,015 UF a los partidos por voto obtenido en la elección (aproximadamente $342), y 0,03 UF al candidato, por voto obtenido (aproximadamente $685).
Reconociendo entonces la dificultad adicional que experimentan las candidatas mujeres para acceder a recursos para financiar sus campañas, es que el proyecto propone generar dos reembolsos adicionales a los contemplados en esta ley.
El primero de estos reembolsos equivale a 0,0135 UF ($308) adicionales por voto de candidata, para aquellos partidos que cumplan con dos condiciones copulativas: 1) superar en, al menos, un 20% el promedio de candidatas totales de la elección anterior de la misma naturaleza; y 2) superar el porcentaje de candidatas inscritas por ese mismo partido en la elección anterior de la misma naturaleza, si el partido participó en ella. De este reembolso, un 30% de destina al partido y un 70% a la candidata. Con esto se busca incentivar a los partidos a incorporar a mujeres en sus listas, así como a las mismas mujeres a participar, y lograr un aumento inmediato, toda vez que se deben cumplir estos dos requisitos para poder acceder a este beneficio.
El segundo reembolso equivale a 0,009 UF ($205) adicionales, por cada voto obtenido por cada candidata que haya resultado electa, siempre que cumpla con las condiciones establecidas para el reembolso anterior. Este monto va dirigido íntegramente al partido, con lo que se genera el incentivo para éste de capacitar y potenciar adecuadamente a sus candidatas, al condicionar su entrega a la obtención de escaños. Esto es fundamental toda vez que exige a los partidos capacitar y potenciar estratégicamente a sus candidatas. De no existir esta condición, podrían incorporar mujeres en las listas, simplemente con el objeto de cumplir con un número o porcentaje exigido, o en cupos sin mayores posibilidades, pero sin que esto garantice un aumento de la participación de mujeres en la política y, por lo demás, con mujeres capacitadas para el efecto.
Cabe señalar que el proyecto establece ciertos límites a la obtención de estos reembolsos, como el que la suma total de los mismos no puede exceder de un tercio del límite del gasto electoral; así como que el reembolso total percibido, considerando lo contemplado en este proyecto como lo dispuesto en la ley 19.884, no puede ser mayor al límite del gasto electoral.
De igual manera, se establece un límite temporal. Así, estos incentivos tendrán una duración de 3 elecciones, en el caso de diputados, alcaldes y concejales, y, 2 elecciones en el caso de los senadores, o  bien cesarán al alcanzarse un 30% de candidatas electas, por cada tipo de elección, lo que se cumpla primero.
El proyecto parece bien inspirado y con un enfoque acertado, toda vez que, si bien es cierto que la mujer en Chile tiene abiertas las puertas a la política, éstas suelen mencionar como principales obstáculos para su incorporación la falta de recursos, falta de capacitación y altos costos personales que conlleva la actividad política. En esto cumplen un rol fundamental el aspecto económico y el rol de los partidos políticos en la selección de sus candidatos. De ahí que el enfoque de este proyecto, que propone incentivos económicos tanto a los partidos políticos como a las candidatas, que se basan no sólo en el número o porcentaje de candidatas que se presentan a la elección, sino también en el número de mujeres que resulten electas, fomentando con ello que el partido las potencie y capacite adecuadamente, parece en la lógica correcta. Por lo demás, con esto se reducen las incertidumbres financieras que acompañan al inicio de una carrera político-electoral.
De la misma manera, es muy positivo el límite temporal propuesto. Con esto se permite incentivar el ingreso a la política sin transformase, en el largo plazo, en una regla que pueda devenir en una barrera de entrada para nuevos actores, como jóvenes, adultos mayores, u otros. Así, una vez que las mujeres detenten cargos y tengan altos grados de conocimiento en la ciudadanía, no se justificaría, en ningún caso, un tratamiento diferenciado, que importa en definitiva, una discriminación permanente entre hombres y mujeres.

otras publicaciones