Con la publicación en el diario oficial del Decreto Supremo (DS) 49, el pasado 26 de abril, entra en vigencia el cambio legal más esperado por el sector, ya que entrega una solución habitacional precisamente a las familias más vulnerables. Son viviendas sin deuda para las familias pertenecientes al primer quintil de ingreso. Sin embargo, en el caso de postulaciones colectivas, pueden incluir hasta un 30% de familias pertenecientes hasta el tercer quintil.
Los principales aportes del DS 49 son:
• Valora el esfuerzo que puedan realizar las familias.
• Promueve la densificación en altura en localidades urbanas: El subsidio base podría incrementarse hasta 110 UF en todas las comunas y 140 UF en algunas excepcionales.
• Impulsa la postulación en familia.
• Se aumenta el subsidio base en 20 UF en caso de discapacidad.
• Bono de movilidad de 50 UF si la vivienda es vendida a un beneficiario del decreto y si esta venta es utilizada para comprar otra vivienda.
• Congela por un período de 3 años el otorgamiento de cualquier otro tipo de subsidio habitacional a los integrantes del grupo familiar.
• Tratamiento preferencial para los grupos postulantes que forman parte del Catastro de Campamentos.