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¿Y LA NO AFECTACIÓN DE LOS TRIBUTOS?

A continuación reproducimos la columna de Rodrigo Delaveau, Director del Programa Legislativo y Constitucional de LyD, publicada en Pulso:

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Con ocasión de la anunciada reforma tributaria, diferentes actores involucrados suelen invocar -con buenas intenciones- que los eventuales dineros recaudados por el Fisco irán destinados a una determinada política pública. Esta afirmación, en principio inofensiva, contiene un error que afortunadamente nuestra Carta Fundamental se encargó de corregir.

Tanto ciudadanos como autoridades suelen sugerir que se cobre un determinado impuesto de modo que esos fondos se utilicen a un destino fijo. Esta afectación de tributos a una destinación específica fue felizmente desterrada de nuestro ordenamiento jurídico toda vez que distorsionaba el poder del Estado en materia tributaria.

La lógica que subyace a este principio es impecable: si se afecta el producto de un impuesto que grava un determinado hecho a una necesidad y esa necesidad desaparece, el tributo se seguirá cobrando a las personas no obstante haberse extinguido el motivo que generó su creación. Por el otro lado, si desaparece el hecho gravado, resultará más difícil financiar esa política pública. Junto con lo anterior, se ata de manos a quien tiene la administración de los dineros de la Nación, ya que no podrá discutir año a año y frente a la ciudadanía, las necesidades que para ese período sean más importantes para el país.

Por esa razón, la Constitución Política en su artículo 19 Nº 20 ha dispuesto sabiamente que los tributos que se recauden, cualquiera que sea su naturaleza, ingresarán al patrimonio de la Nación y no podrán estar afectos a un destino determinado. Ello reconoce el valor intrínsecamente fungible del dinero y otorga una oportunidad para que el Estado este verificando constantemente las necesidades y prioridades propias por quien tiene la finalidad de velar por el Bien Común. Ello constituye una verdadera garantía en materia tributaria en favor de las personas.

Así las cosas, de sabidas no se dicen y por no decirlas, se olvidan. Bueno es recordar este importante principio recogido en nuestra Constitución, el cual no sólo debiera ser respetado en nuestras leyes, sino que también por gobernantes y gobernados, no teniendo otro objetivo que defender a las personas poniendo límites al Estado.

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