A continuaciĂłn reproducimos la columna de JosĂŠ Francisco GarcĂa, Coordinador de PolĂticas PĂşblicas de LyD, publicada en el blog www.elvaso.cl
La puesta en marcha de la Reforma Procesal Penal implicĂł la completa transformaciĂłn de la justicia penal en distintos planos: oralidad, informaciĂłn, gestiĂłn, derecho a defensa, etc. Lo anterior conlleva un cambio de paradigma desde un sistema de justicia criminal inquisitivo a uno moderno que busca equilibrar eficiencia en la gestiĂłn de la justicia con garantizar un debido proceso tanto a imputados como a vĂctimas, lo que ha contribuido a fortalecer el Estado de Derecho en nuestro paĂs.
El nuevo esquema penal, desde la mirada de las polĂticas pĂşblicas, cuenta como principio rector uno econĂłmico, el de eficiencia, el cual implica reconocer el problema mĂĄs profundo de la escasez y que se traduce en el uso racional del recurso âsistema judicialâ en la persecuciĂłn penal, lo que importa generar diversos mecanismos de âfiltroâ âlo que se conoce genĂŠricamente como el principio de oportunidadâ que buscan desechar aquellos casos que por determinados motivos relevantes no conviene socialmente sean procesados por el sistema.
Sin embargo, en el derecho una idea tan elemental como esa era desconocida e incluso, en el proceso de reforma misma, combatida. Choca frontalmente contra ella el llamado principio de legalidad, en torno al cual se estructuraba el sistema procesal penal, segĂşn el cual, el estado se compromete a investigar y sancionar todos los delitos que se cometen en el paĂs. Ello no puede sino ser una simple declaraciĂłn, desprovista de cualquier posibilidad prĂĄctica de materializarse, ante la escasez de recursos a que no hemos referido.
En efecto, el nuevo esquema ha venido a sincerar de alguna forma lo que sucedĂa en el sistema antiguo: se conocĂan y tramitaban todas las causas ingresadas, se citaba a las vĂctimas, se realizaban una gran cantidad de diligencias probatorias, y al final del dĂa, y tras aĂąos de investigaciĂłn infructuosa, la causa terminaba sin ĂŠxito alguno, bajo la figura del sobreseimiento, habiendo perdido la sociedad recursos valiosos en el proceso, en causas que jamĂĄs verĂan un resultado exitoso por falta de pruebas u otros elementos de juicio que fueren suficientes para un juez.
Congruentemente con la imposibilidad e inconveniencia de dar respuesta judicial a todos los delitos, el nuevo sistema que se ha propuesto en forma explĂcita reconoce una serie de salidas para poner tĂŠrmino anticipado a los procesos. Para extraer los mayores beneficios de las salidas alternativas, se ha buscado que sean adoptadas en la fase mĂĄs inicial del proceso en que ello sea posible, evitĂĄndose incurrir en gastos innecesarios. En este sentido, la racionalidad econĂłmica del nuevo sistema, llega a su mĂĄxima expresiĂłn en los tĂŠrminos facultativos entregados al Ministerio PĂşblico, y de entre ellos, en particular, el archivo provisional.
Sin embargo, el buen o mal uso de este instrumento es fundamental en el nuevo sistema, porque si bien se basa en la necesidad de racionalizar recursos en la persecuciĂłn criminal de aquellos casos en que existe una alta probabilidad de presentar un buen âcasoâ ante la justicia, genera los incentivos para archivar casos que sĂ podrĂan ser presentados a la justicia si existiese un esfuerzo adicional en tĂŠrminos de labor investigativa y de bĂşsqueda de pruebas por parte de los fiscales.
Y es que actualmente la polĂtica criminal (polĂtica de persecuciĂłn penal) del Ministerio PĂşblico no es explĂcita, y los criterios existentes en materia de persecuciĂłn no tienen como meta reducir la criminalidad. A lo anterior se suma lo que parece una dificultad adicional âque eventualmente puede convertirse en una ventaja-, de carĂĄcter institucional cual es la existencia de dos niveles en la determinaciĂłn de la polĂtica de persecuciĂłn criminal en el Ministerio PĂşblico: nacional y regional.
AsĂ las cosas, mientras los tĂŠrminos facultativos, en general, y en particular el archivo provisional, tienen un profundo sentido de racionalidad econĂłmica para hacer mĂĄs eficiente el recurso âpersecuciĂłn criminalâ, lo que es un avance fundamental y positivo desde la mirada de las polĂticas pĂşblicas judiciales; la evidencia muestra la total divergencia de los estĂĄndares de aplicaciĂłn a nivel nacional de este instrumento, tanto cuando se observa su aplicaciĂłn entre las diferentes FiscalĂas Regionales como cuando se analiza su uso por tipo de delito.
Resolver esta cuestiĂłn es fundamental para la consolidaciĂłn de la Reforma Procesal Penal y las nuevas instituciones vinculadas a ĂŠsta, tanto desde el punto de vista de la legitimidad social y la confianza de las personas en el nuevo sistema, como de las consecuencias en tĂŠrminos del efecto disuasivo del sistema sobre potenciales delincuentes.