
Existe una serie de argumentos que podemos esgrimir para calificar como ilegítima la huelga de hambre –uno de los medios de presión más extremos– que están llevando a cabo un grupo de estudiantes del liceo A-131 de Buin; caso que ha causado polémica no sólo por su gravedad, sino porque el Ministro de Salud, ha sostenido que serían algunos apoderados de dicho establecimiento, los principales instigadores de la misma.
En primer lugar, la vida no es un bien disponible, regla que, nuestro ordenamiento jurídico y jurisprudencia han consistentemente defendido. Nuestros jueces han sido claros a la hora de ponderar los principales bienes en juego: derecho a la vida y libertad de expresión (en la forma de protesta), incluso cuando esta última busca vincularse a la libertad de conciencia. Primará el primero.
Kant nos enseñó que las personas son fines en sí mismos, no medios, y por tanto, nada justifica que sean utilizadas como monedas de cambio (o presión) en un debate democrático –o de cualquier naturaleza–. Incluso en el caso en que pudiéramos afirmar que la vida no es un absoluto –ningún derecho lo es– y que admitiera excepciones cuando se buscan bienes superiores –justificación tradicional de los mártires–, ¿podría alguien razonablemente decir que el único medio válido y disponible para conseguir reformas a nuestro sistema educacional (bien superior) consiste en perder la vida, no existiendo medios alternativos?
Finalmente, no se equivoca el Ministro en el sentido de que –de ser efectivas sus aseveraciones– nuestro ordenamiento jurídico dispone de instrumentos no sólo para buscar deponer la huelga y defender la vida de los huelguistas, sino para hacer efectiva la responsabilidad de dichos apoderados.