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CUESTIONANDO UNA DEROGACIÓN

La reciente modificación a la ley antiterrorista patrocinada por el Ejecutivo y modificada por una indicación parlamentaria, permite a una persona cometer delito terrorista utilizando a menores de edad, sin que por ello el mayor de edad que los utiliza tenga una sanción penal agravada.
En efecto, el Diario Oficial de 21 de junio publica la ley 20.519, que, junto con impedir que los menores de edad sean enjuiciados conforme a la ley antiterrorista, deroga el inciso segundo del artículo 3° de la ley 20.467, que establecía que actuar con menores de 18 años era considerado una circunstancia agravante en esta clase de delitos.
Para Pablo Kangiser, abogado del Programa Legislativo, el hecho es preocupante ya que si éste fuera el resultado de la nueva ley, se estaría incentivando involucrar a los menores en atentados que puedan calificarse como conducta terrorista.

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