La implementación de la ley N° 20.920 (ley marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, promulgada en mayo de 2016) traerĆ” consigo un cambio de paradigma en la gestión de residuos en nuestro paĆs al incluir a los productores como actores principales dentro de las tareas de reciclaje y valorización.

La REP corresponde a un rĆ©gimen especial, conforme al cual los productores de seis productos definidos por la ley como prioritarios son responsables de la organización y financiamiento de la gestión de los residuos que derivan de su comercialización en el paĆs.
Si bien la ley ya fue promulgada, para que se comience a implementar la REP se requieren elaborar los decretos supremos que fijan las metas para cada uno de los productos prioritarios (aceites lubricantes, aparatos elĆ©ctricos y electrónicos, baterĆas, envases y embalajes, neumĆ”ticos y pilas), proceso que comenzó el 4 de enero de este aƱo para el caso de los envases y embalajes y el caso de los neumĆ”ticos.
El tiempo transcurrido entre la aprobación de la ley y el inicio de los procesos de confección de los decretos para los productos prioritarios ha sido muy extenso debido a que se deben tener en cuenta una serie de factores que harÔn que la implementación de esta iniciativa no sea del todo sencilla.
Por una parte, no contamos con la información necesaria para armar buenas lĆneas de base respecto de los niveles de residuos y su composición a nivel comunal, de las capacidades locales para implementar los sistemas de recogida que serĆ”n necesarios, ni del nĆŗmero de productores que estarĆan afectos a esta ley. "Adicionalmente, hay que considerar que esta ley exigirĆ” estĆ”ndares totalmente nuevos para los productores que deberĆ”n implementar sistemas caros y que pueden llegar a ser complejos, considerando que dentro de una misma categorĆa de producto prioritario se pueden generar residuos con caracterĆsticas muy disĆmiles entre sĆ", asegura Lira.
Con todo, es muy relevante la manera en la que queden estipulados los decretos de los productos prioritarios porque definirĆ”n los aspectos especĆficos respecto de cómo cumplir con las obligaciones y en donde se requiere de un elemento clave para su Ć©xito cual es la gradualidad.
Se requiere de una gradualidad en tĆ©rminos de la categorización de productos que consideraremos dentro de los productos prioritarios, en donde serĆa deseable comenzar con categorĆas generales que se vayan sofisticando con el tiempo. Asimismo, se requiere de una gradualidad en las metas establecidas. "Si comenzamos con una meta muy ambiciosa probablemente no se podrĆ” cumplir, en cambio, se puede sacar mucho mĆ”s provecho de una meta mĆ”s simple que se vaya tornando cada vez mĆ”s exigente", admite Lira. De la misma manera, se requiere de una gradualidad respecto de las comunas en las cuales se comenzarĆ” implementando esta medida que sirva como piloto inicial y como experiencia para una posterior extensión.
Es por todo esto que el actual proceso de elaboración de los decretos de los productos prioritarios adquiere tanta relevancia. Para Lira, "todos estos elementos de gradualidad son fundamentales, y, dependiendo de cómo se aborden en los respectivos decretos, terminarÔn por determinar el éxito o fracaso de esta gran reforma a la gestión de residuos en Chile".