
"Lamentablemente aún no contamos con una cifra oficial por parte del Ministerio de Educación, sobre la cantidad de alumnos que se verÔn afectados por esta situación, pero a partir de las declaraciones que han realizado distintas autoridades, se estima que al menos 54.000 estudiantes se enfrentarÔn a este problema", cuenta Cristina Tupper, investigadora del Programa Social de LyD.
Las mĆ”s afectadas son las familias que no cuentan con alternativas similares a las que acudir. De hecho, en los Ćŗltimos dĆas se han dado a conocer en la prensa una serie de localidades en donde la escasez de vacantes se ha hecho especialmente patente, como serĆa el caso de Antofagasta.
¿Por qué estos colegios han tomado de decisión de dejar de funcionar como particulares subvencionados?
El origen de esta decisión se encuentra en la ley que pone fin al lucro, la selección y el copago, la cual establece una serie de normas bajo las cuales muchos proyectos educativos simplemente ya nos son viables. "Al prohibirse el copago por ejemplo, aquellos proyectos que tienen un costo por alumno mayor al monto de la subvención, ya no son financiables", declara Tupper.
Esta medida conlleva al menos dos problemas importantes. En primer lugar, al impedirle a las familias hacer un aporte que complemente la subvención recibida,Ā se les estĆ” quitando la libertad de acceder a proyectos educativos que tengan un costo mayor al que el Estado ha establecido como el estĆ”ndar (por ejemplo para un alumno de cuarto bĆ”sico perteneciente a un hogar del quinto quintil de ingresos el estĆ”ndar establecido es de aproximadamente $80.166 en pesos del 2016). En segundo lugar, la medida implica reemplazar un monto importante de recursos que estĆ”n aportando las familias en condiciones de hacer una contribución a la educación de sus hijos, por recursos pĆŗblicos que podrĆan en cambio focalizarse en las familias que no cuentan con esta capacidad.
¿CuÔles son los próximos pasos en la implementación del fin al lucro?
El plazo para que los sostenedores de establecimientos particulares subvencionados se organicen como personas jurĆdicas sin fines de lucro vence el 31 de diciembre de este aƱo. Si pasada esa fecha, el trĆ”mite aĆŗn no ha sido realizado, el sostenedor no podrĆ” recibir la subvención durante el 2018.
En cambio, el plazo para ser propietario de la infraestructura en que funciona el colegio vence reciƩn en el aƱo 2023.