Con el diagnĂłstico de que la frágil institucionalidad indĂgena ha generado una creciente agudizaciĂłn de la violencia en la zona sur del paĂs y que la polĂtica de entrega de tierras, amparada en la Ley 19.253, se configura como una piedra de tope para la instauraciĂłn de la paz social en la zona, en cuanto reproduce e intensifica el conflicto, Libertad y Desarrollo y la Multigremial de La AraucanĂa realizaron el estudio “La polĂtica de entrega de tierras: análisis y desafĂos de cara a un nuevo paradigma de la polĂtica indĂgena”.
En el informe se establece que un análisis pormenorizado de la institucionalidad en materia indĂgena permite evidenciar la necesidad de establecer un nuevo orden, que opere bajo la lĂłgica de un paradigma diferente, respondiendo a las necesidades actuales de los pueblos indĂgenas fomentando su desarrollo integral.
AsĂ, en la revisiĂłn de los antecedentes histĂłricos, se indica que han pasado 22 años desde que se iniciĂł en Chile un proceso de “restituciĂłn de tierras” con los pueblos indĂgenas, el cual pretendĂa dar soluciĂłn a los constantes conflictos en materia de propiedad indĂgena. “A pesar de ello, esta situaciĂłn continĂşa siendo la principal arista de las desavenencias entre estos grupos y el Estado, aunque dicha materia actualmente está regulada por la Ley NÂş 19.253, comĂşnmente conocida como ´Ley IndĂgena´”.
SegĂşn el análisis, a grandes rasgos, la “Ley IndĂgena” pretende otorgar un marco jurĂdico a diversos aspectos de los pueblos indĂgenas de nuestro paĂs. De este modo, se instauran criterios sobre la calidad indĂgena y requisitos para la conformaciĂłn de comunidades. Además, la ley declara como un deber del Estado la protecciĂłn y promociĂłn del desarrollo de dichos pueblos, estableciendo como eje central de esta polĂtica, la tierra. Conforme a ello, se define lo que se entenderá por “tierra indĂgena”, especificando que Ă©sta no podrá ser enajenada, gravada, embargada, ni adquirida por prescripciĂłn, salvo en casos especĂficos previa autorizaciĂłn de la CONADI. “Un simple análisis de esta norma, permite establecer que Ă©sta no contempla medidas que apunten a otros usos productivos de la tierra”, dice el estudio.
Adicionalmente, el informe indica que esta ley contempla la creaciĂłn de un Fondo para Tierras y Aguas IndĂgenas, el cual es administrado por la CONADI, y que tiene como finalidad la adquisiciĂłn de tierras para comunidades y personas indĂgenas. Sin embargo, Ă©ste no ha estado exento de cuestionamientos, ya que ha sido la principal causa de las tensiones y conflictos que se viven hoy en nuestro paĂs, al fomentar la violencia como recurso reivindicativo.
De la misma forma, el estudio explica que, a pesar de los constantes aumentos presupuestarios de la CONADI para la compra de predios, se ha instalado en la zona un discurso radicalizado en cuanto a la reivindicaciĂłn de terrenos, situaciĂłn que tiene principalmente dos grandes causas:
- La redacciĂłn del artĂculo 20 letra b) de la Ley IndĂgena que entrega un margen de interpretaciĂłn amplio, el cual, es utilizado por las comunidades para su beneficio y por las autoridades para manejar ciertas situaciones de tensiĂłn;
- Las disposiciones establecidas en el artĂculo 6° del Decreto Supremo N° 395, que permite a la CONADI otorgar beneficios a comunidades que no necesariamente los merecen.
En cuanto a la polĂtica de tierras y la violencia, el análisis indica que, si bien la polĂtica de tierras amparada por la Ley NÂş 19.253 de 1993, tenĂa entre otros objetivos instaurar un sistema que regularizara las demandas de tierra por parte de los indĂgenas, no ha sido posible dar soluciĂłn a dicha situaciĂłn, y peor aĂşn, se han acrecentado los niveles de violencia por parte de grupos radicalizados. En efecto, el conflicto ha adoptado nuevas expresiones, que dicen relaciĂłn con una expansiĂłn de los hechos violentos a otras regiones del paĂs, como la del BiobĂo y de los RĂos. Además, esta situaciĂłn no es sĂłlo a nivel territorial, sino que tambiĂ©n abarca nuevos focos.
A pesar que el proceso de entrega de tierras ha sido constantemente cuestionado, no se ha avanzado hacia un sistema que perfeccione los mecanismos de dicha polĂtica. “En una primera instancia, no existe una cuantificaciĂłn inicial válida de los tipos de problemas de restituciĂłn de tierras, ni de la cantidad de demandas. AsĂ, se da cuenta de la ausencia de estudios de tĂtulos u otros que demuestren realmente la cantidad de tierras en conflicto, lo cual imposibilita la creaciĂłn de un diagnĂłstico fidedigno que permita generar una estrategia final. Por otro lado, no se observa un orden cronolĂłgico de prioridades de compra en cuanto a las solicitudes aceptadas, dejándose a las comunidades generalmente pacĂficas postergadas y privilegiando a los grupos más exaltados”, ahonda el estudio.
El informe tambiĂ©n revisa la evidencia comparada en paĂses con experiencia en procesos y mecanismos de mediaciĂłn y compensaciĂłn de demandas –mayormente territoriales que los pueblos originarios han manifestado. Se trata del caso de Nueva Zelanda, Australia y Canadá.
Al respecto, se puede mencionar que todos los paĂses cuentan con una institucionalidad robusta e imparcial, lo cual genera procesos de demandas ajustadas a derechos, y en los cuales todos los actores se encuentren informados y representados -evitando situaciones de incertidumbre-. Además, permite establecer soluciones definitivas a las demandas, estableciendo criterios claros para su formulaciĂłn y tramitaciĂłn. Del mismo modo, la experiencia señala que todo reclamo de tipo reivindicativo supone la aprobaciĂłn de la comunidad en su totalidad. Es decir, se asegura que las voces representantes efectivamente manifiesten las necesidades del resto, lo que evitarĂa disputas futuras. Finalmente se establecen mecanismos compensatorios alternativos a la entrega de tierras (como una compensaciĂłn econĂłmica), los cuales apuntan muchas veces a proporcionar herramientas que permitan un desarrollo integral de dichos pueblos.
Con estos antecedentes, Libertad y Desarrollo y la Multigremial de La AraucanĂa concluyen que la polĂtica nacional de entrega de tierras ha demostrado ser una de las grandes causas del conflicto mapuche y su actual radicalizaciĂłn, al generar incentivos perversos en el proceso de reivindicaciĂłn de tierras. De esta forma, se sugiere su modificaciĂłn, con el fin de mejorar el proceso de restituciĂłn de tierras, poniendo Ă©nfasis en un desarrollo integral de los pueblos indĂgenas.
AsĂ realizan las siguientes propuestas:
Disposiciones legales
Es necesario modificar cĂłmo operan los mecanismos de financiamiento que dan soluciĂłn a los problemas de tierras, estableciendo criterios objetivos para entregar una aplicabilidad a una comunidad indĂgena. De este modo se sugiere que la comunidad demandante debe ser originaria del tĂtulo de merced, y que sĂłlo se pueda iniciar un proceso de reivindicaciĂłn de tierras, es decir, que la eventual subdivisiĂłn de la misma no suponga una nueva demanda.
Por otro lado, es necesario que todos los procesos de reclamo estĂ©n acompañados de un exhaustivo estudio del tĂtulo de merced demandado, en el que se especifique la causal del desmedro. Conjuntamente se deberán descartar criterios demográficos y de ancestralidad territorial, debido a que supone un riesgo para la propiedad privada de la zona.
Una vez aclarados los criterios, se debe crear un equipo técnico encargado de realizar un Catastro de Comunidades a las cuales les corresponde aplicabilidad y por tanto, derecho a compra de tierras. En razón de lo anterior, urge hacer un registro de la cantidad de tierras que se deberán comprar para satisfacer la demanda de las comunidades a las cuales les corresponde aplicabilidad.
Fomento Productivo
Las compras deben ir acompañadas de un sistema de desarrollo productivo, donde las comunidades además de derechos, tengan obligaciones. Este apoyo productivo debe ser limitado y no en desmedro de la poblaciĂłn rural no mapuche. Se debe tener en cuenta que segĂşn estudio de la Universidad de La Frontera, el 60% de las tierras entregadas a comunidades mapuches desde la entrada en vigencia de la Ley IndĂgena, están abandonadas (sin moradores y sin producciĂłn).
Compensaciones Alternativas
Se deben buscar medidas alternativas a la compra de tierras, como lo son las compensaciones econĂłmicas. No se debe olvidar que cerca del 60% de la poblaciĂłn mapuche vive en Santiago y sĂłlo el 25% en la Novena RegiĂłn, siendo una parte de esta Ăşltima cifra, miembros de comunidades y por tanto, poblaciĂłn rural. De esta forma, se sugiere estipular salidas alternativas a la compra de tierras, consultando con los mismos indĂgenas.
Además, si las comunidades o sus miembros solicitan tierras o compensaciĂłn, debe existir una cláusula en la Escritura de Compraventa o de Entrega de Beneficio donde esa comunidad, personas que la integran y su descendencia, renuncian a cualquier demanda futura por más tierras u otro beneficio compensatorio. De la misma forma, se deben establecer prioridades en la realizaciĂłn de las compras, atendiendo a objetivos especĂficos y no a la presiĂłn de la comunidad. Conjuntamente el Estado no debe negociar o beneficiar a personas o comunidades que hayan participado en hechos de violencia como medida de reivindicaciĂłn de derechos. En este punto es necesario mencionar que sĂłlo el 2% de los delitos de violencia rural con connotaciĂłn indĂgena logra condena.
Todas las disposiciones anteriores no son posibles sin una revisiĂłn y modificaciĂłn a los criterios que permiten la creaciĂłn de nuevas comunidades indĂgenas y a la adquisiciĂłn de calidades indĂgenas, cuestiĂłn totalmente accesible y permisible para cualquier persona bajo el actual sistema de acreditaciĂłn.